Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061128)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de "Ampliación de planta de producción de biocombustibles", en el término municipal de Los Santos de Maimona (Badajoz). Expte.: IA21/0470.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023
21214
— No se justifica que el separador de hidrocarburo ni la EDARI puedan tratar los nuevos
volúmenes a verter tras la ampliación.
— No se informa de las existencias de mejoras que hayan permitido triplicar la producción (paso de 110.000 Tm/año a 320.000 Tm/año), solo doblar consumo (paso de
85.702,50 m3/año a 15.624,59 m3/año) y no llegar ni a doblar los vertidos (paso de
35.999,2 m3/año a 62.324,95 m3/año, descontando pluviales)”.
C
onclusión:
A la vista del consumo hídrico previsto para la planta de biocombustibles tras la ampliación, ésta no puede ser considerada como una industria de poco consumo de agua,
por lo que se considera que debe tener un sistema de abastecimiento independiente.
Por tanto, se deberá solicitar una concesión de aguas subterráneas para uso industrial,
estando su otorgamiento supeditado a la existencia de recurso hídrico suficiente.
E
n cuanto a la justificación técnica de la gestión y tratamiento de las aguas residuales
producidas en las instalaciones, se deberán aclarar y justificar los aspectos indicados por
el Área de Calidad de las Aguas de este Organismo, en su informe de fecha 30/06/2021.
P
or todo lo anterior, se informa desfavorablemente la presente actuación.
5. Con fecha 16 de septiembre de 2021 se recibe comunicado de la Dirección General de
Emergencias, Protección Civil e Interior en el que se describen, a modo de recomendación, las directrices que esa Dirección General entiende deben ser tenidas en cuenta
para la elaboración del documento “Vulnerabilidad del Proyecto”.
6. Con fecha 8 de febrero de 2022 se recibe Informe de Afección a la Red Natura 2000
y sobre la Biodiversidad de la Dirección General de Sostenibilidad, que informa en los
siguientes términos:
Á
reas protegidas y valores naturales protegidos:
— La actividad solicitada no se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas
de Extremadura.
— Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura
2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:
— Zona de campeo y alimentación de Aguilucho cenizo (Circus pygargus) y fauna menor diversa de anfibios, reptiles, mamíferos, insectos, etc.
Martes 4 de abril de 2023
21214
— No se justifica que el separador de hidrocarburo ni la EDARI puedan tratar los nuevos
volúmenes a verter tras la ampliación.
— No se informa de las existencias de mejoras que hayan permitido triplicar la producción (paso de 110.000 Tm/año a 320.000 Tm/año), solo doblar consumo (paso de
85.702,50 m3/año a 15.624,59 m3/año) y no llegar ni a doblar los vertidos (paso de
35.999,2 m3/año a 62.324,95 m3/año, descontando pluviales)”.
C
onclusión:
A la vista del consumo hídrico previsto para la planta de biocombustibles tras la ampliación, ésta no puede ser considerada como una industria de poco consumo de agua,
por lo que se considera que debe tener un sistema de abastecimiento independiente.
Por tanto, se deberá solicitar una concesión de aguas subterráneas para uso industrial,
estando su otorgamiento supeditado a la existencia de recurso hídrico suficiente.
E
n cuanto a la justificación técnica de la gestión y tratamiento de las aguas residuales
producidas en las instalaciones, se deberán aclarar y justificar los aspectos indicados por
el Área de Calidad de las Aguas de este Organismo, en su informe de fecha 30/06/2021.
P
or todo lo anterior, se informa desfavorablemente la presente actuación.
5. Con fecha 16 de septiembre de 2021 se recibe comunicado de la Dirección General de
Emergencias, Protección Civil e Interior en el que se describen, a modo de recomendación, las directrices que esa Dirección General entiende deben ser tenidas en cuenta
para la elaboración del documento “Vulnerabilidad del Proyecto”.
6. Con fecha 8 de febrero de 2022 se recibe Informe de Afección a la Red Natura 2000
y sobre la Biodiversidad de la Dirección General de Sostenibilidad, que informa en los
siguientes términos:
Á
reas protegidas y valores naturales protegidos:
— La actividad solicitada no se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas
de Extremadura.
— Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura
2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:
— Zona de campeo y alimentación de Aguilucho cenizo (Circus pygargus) y fauna menor diversa de anfibios, reptiles, mamíferos, insectos, etc.