Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023061118)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Consejera, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de grado básico de oferta obligatoria completa en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2023-2024.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023

21025

conforme al artículo 68.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, ocupen puestos en ésta,
en centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el curso 2023-2024.
Segundo. Personas destinatarias y requisitos de acceso.
Podrán solicitar admisión a los primeros cursos de ciclos de formativos de grado básico que se
impartan en el curso académico 2023-2024 las personas que cumplan simultáneamente las
siguientes condiciones en el período de presentación de las solicitudes de admisión:
a) Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no cumplir
los dieciocho años en el momento del acceso o durante el año natural en curso.
b) Haber cursado el tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente
el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c) Disponer del correspondiente “consejo orientador” que acredita haber recibido la propuesta del equipo docente para la incorporación del alumno o alumna a un ciclo formativo de grado básico, así como el consentimiento de padres, madres o aquella que ejerza
la tutoría legal.
Tercero. Oferta para personas de al menos 18 años.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
cuando exista disponibilidad de plazas, se podrán completar los grupos de la oferta obligatoria
del resuelvo segundo, en las condiciones que se determinan en esta resolución, con personas
que tengan al menos 18 años al finalizar el año 2023 y que no estén en posesión de un título
de formación profesional de grado medio o grado superior o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos.
Cuarto. Oferta formativa.
La oferta formativa se publicará con anterioridad al periodo de solicitudes en los tablones de
anuncios de los centros y en la dirección web: http://www.educarex.es/fp
Si después de la publicación del listado definitivo de solicitantes al que se refiere el resuelvo
octavo punto 3 el número de solicitantes de primera prioridad de algún ciclo fuera menor de
6, la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo podrá anular la
oferta de primero o segundo de dicho ciclo. El alumnado que no promociona a segundo curso
se atenderá a lo previsto en el resuelvo decimocuarto punto 1.