Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061098)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en riego por goteo de una superficie de 16,06 ha de olivar en el paraje "Las Zafrillas", ubicado en la parcela 87, del polígono 48", del término municipal de Don Benito (Badajoz), cuya promotora es Hermanos Cidoncha Martin de Prado, SC. Expte.: IA22/0906.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023

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3.3. Características del potencial impacto.


3.3.1. Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.

La zona de actuación se localiza fuera de la Red Natura 2000 y de otras Áreas Protegidas. La ZEPA “La Serena y Sierras Periféricas” se encuentra a unos 500-700 m al este
de la zona de actuación y el LIC “Río Guadámez” a unos 2,5 km al oeste de la misma.
Asimismo, según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad (CN22/5099) la actividad
solicitada, no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la
Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas que se incluirán en el presente informe.


3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

Como ya se ha indicado en el presente informe, la red de riego cruzaría los cauces del
arroyo de los Acebuches y un tributario. Asimismo, parte de la superficie de riego se
ubicaría en zona de policía de dos arroyos tributarios del arroyo de Pantoja y de un arroyo tributario del arroyo de los Acebuches. Estos cauces constituyen el DPH del Estado,
definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA). Se incorporan al presente
informe las obligaciones y medidas indicadas en el informe emitido por la Confederación
Hidrográfica del Guadiana relativas a estos aspectos.
La captación del recurso se sitúa fuera de las masas de agua subterráneas definidas en
el apéndice 3 de disposiciones normativas del plan Hidrológico de la parte española de
la Demarcación Hidrográfica del Guadiana.
Según el documento ambiental aportado, el requerimiento hídrico anual de la plantación
se estima en 1.446,07 m3/ha. En el informe de Confederación Hidrográfica del Guadiana se indica que el volumen de solicitado es de 23.267,33 m3/año, lo que corresponde
con el volumen indicado por la promotora en la documentación aportada. La Oficina de
Planificación Hidrológica del citado organismo informa de que la solicitud es compatible
con el Plan Hidrológico de cuenca, siempre que se acredite la disponibilidad de recursos
subterráneos adicionales a los contemplados en el Plan en zonas situadas fuera de las
masas de agua subterráneas. En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión 44/2015.
El proyecto inducirá en fase de explotación a varios efectos ambientales significativos,
por la práctica del riego y del cultivo, efectos principalmente producidos sobre la can-