Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. (2023050080)
Orden de 24 de marzo de 2023 por la que se establece la imagen corporativa del voluntariado de protección civil y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 65

20889

Martes 4 de abril de 2023

ORDEN de 24 de marzo de 2023 por la que se establece la imagen corporativa
del voluntariado de protección civil y emergencias de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. (2023050080)
La Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su capítulo III, hace distinción entre el voluntariado y
las entidades colaboradoras, definiendo en su artículo 8, el voluntariado como el “formado por
aquellas personas que, libre y desinteresadamente, participan de manera organizada, conforme a su reglamento y normativa de aplicación en las materias de esta ley».
El Decreto 100/2021, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el estatuto del voluntariado
de protección civil y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado en
el Diario Oficial de Extremadura número 173, de 7 de septiembre, en su disposición final primera autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de protección civil
y emergencias para determinar mediante orden específica el diseño, características y demás
condi­ciones técnicas de la uniformidad, acreditación, equipamiento, vehículos e instalaciones
contemplados en el citado estatuto, atendiendo fundamentalmente a criterios objetivos de
funcionalidad, estética, visibilidad, operatividad y duración de las prendas y medios, de igualdad entre mujeres y hombres, entre otros.
Por ello, en uso de las facultades que me confieren los artículos 36.f) y 92.1 de la Ley 1/2002,
de 28 de enero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el artículo 41.o) de la Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y
de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto establecer la imagen corporativa del voluntariado de protección civil y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, determinando el
diseño, características y demás condi­ciones técnicas de la uniformidad, acreditación, equipamiento, vehículos e instalaciones contemplados en el estatuto del voluntariado de protección
civil y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atendiendo fundamentalmente a criterios objetivos de funcionalidad, estética, visibilidad, operatividad y duración de
las prendas y medios, de igualdad entre mujeres y hombres.
Artículo 2. Composición y utilización de la uniformidad.
1. L
 a uniformidad que utilizará el Voluntariado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, comprende las prendas, complementos reglamentarios y