Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Empresarial. (2023061145)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece el nuevo régimen de comunicaciones a realizar entre la Administración y los solicitantes de las ayudas reguladas en el capítulo I del Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España.
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Lunes 3 de abril de 2023

C
 omplementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo anterior y únicamente con efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso en la
dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda, mediante el cual
se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del espacio habilitado a tal efecto en la dirección electrónica ayudassolvenciacovid.
juntaex.es”.
Tal forma de comunicación es aplicable, igualmente, a la segunda convocatoria de las ayudas
citadas, efectuada mediante el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre.
Una vez finalizado el contrato de prestación de servicios relativo a la plataforma tecnológica
ayudassolvenciacovid.juntaex.es, y dado que aún no ha culminado el proceso de revisión,
seguimiento del cumplimiento de las obligaciones establecidas y, en su caso, de reintegro en
aquellos supuestos en los que se han detectado algún tipo de incumplimiento, se hace preciso
determinar un medio alternativo para seguir haciendo posible la relación entre los interesados
y la Administración en los procedimientos relativos a este tipo de ayudas.
El apartado segundo de la disposición final primera del Decreto-ley 5/2021 habilita a los órganos competentes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para dictar las resoluciones que sean procedentes para la aplicación del presente decreto-ley en las cuestiones
relativas a las ayudas y subvenciones contempladas en el capítulo I del mismo.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto,
RESUELVO:
Las comunicaciones a realizar entre la Administración y los solicitantes de las ayudas contempladas en el capítulo I del Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España, se
realizarán a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura,
https://sede.gobex.es/SEDE/ a partir del día 10 de abril de 2023.
Esta forma de comunicación también será de aplicación al respecto de las ayudas convocadas
por el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, que efectúa la segunda convocatoria de tales
ayudas.
Tal circunstancia se anunciará en el sitio web y se redirigirá a los interesados a la página citada anteriormente: https://sede.gobex.es/SEDE/
Frente a la presente resolución no cabe la interposición de recurso administrativo alguno, al
tener la consideración de acto de trámite, sin perjuicio de la posibilidad de que pueda alegarse