Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Empresarial. (2023061145)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece el nuevo régimen de comunicaciones a realizar entre la Administración y los solicitantes de las ayudas reguladas en el capítulo I del Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España.
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NÚMERO 64
Lunes 3 de abril de 2023

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la
que se establece el nuevo régimen de comunicaciones a realizar entre la
Administración y los solicitantes de las ayudas reguladas en el capítulo I del
Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen las
ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de
España. (2023061145)
Con fecha 16 de junio de 2021 se publicó en el DOE el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por
el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el
Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del
desarrollo del Plan Corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el
que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se
establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia
de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para
afrontar los efectos negativos del Covid-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de
Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura.
El capítulo I de tal decreto-ley desarrolla las bases reguladoras y efectúa la primera convocatoria de la línea de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por el Gobierno de
España, creada en el título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
Respecto a esta línea de ayudas, el artículo 10 del citado decreto ley señala, en relación con
las comunicaciones entre la Administración y los solicitantes de las ayudas, lo siguiente:
“1. L
 as comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de
concesión de estas ayudas, seguimiento y en los posibles procedimientos de reintegro
que se puedan iniciar, así como en cualquier otro procedimiento a realizar para la gestión de las ayudas, se realizarán a través del sitio web ayudassolvenciacovid.juntaex.es.
2. L
 a notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento, incluidas las resoluciones de concesión y desestimación de las ayudas, de conformidad con lo
establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará mediante publicación en
el espacio habilitado para el solicitante en el sitio web ayudassolvenciacovid.juntaex.es,
surtiendo ésta todos los efectos de notificación practicada.