Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2023061065)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos para acciones humanitarias tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2023.
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NÚMERO 64
Lunes 3 de abril de 2023

20512

la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.


d. N
 ombrar un representante único, persona física expresamente elegida por todos los
miembros, que deberá ostentar poderes bastantes para cumplir las obligaciones de
representación legal de la agrupación, de lo que quedará constancia en la solicitud y
en la resolución de concesión.



e. Identificar, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada una de las ONGD o entidades que componen la
agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada una de ellas, que
tendrán igualmente la consideración de entidades beneficiarias.



f. S
 uscribir acuerdo de colaboración, mediante modelo normalizado (Anexo IV) para la
realización conjunta de la actividad subvencionada, en el que constarán al menos,
entre otras, las siguientes estipulaciones:



— La voluntad de las partes de concurrir conjuntamente a la convocatoria.



— La identificación del representante legal.



— Declaración individual de todas y cada una de las ONGD o entidades integrantes
del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiaria y de
no estar incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 2 y 3 del
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.



— El nombre de la entidad coordinadora.



— Los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así
como el importe de la subvención a ejecutar por cada uno de ellos, que tendrán
igualmente la consideración de entidades beneficiarias.



— El compromiso de todas las entidades participantes, de mantener el acuerdo de
colaboración hasta el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.



g. N
 o podrá disolverse la agrupación hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción de cuatro años previstos en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.