Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2023061065)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos para acciones humanitarias tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2023.
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NÚMERO 64
20518
Lunes 3 de abril de 2023
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA
AÑO 2023
AÑO 2024
G/252C/40000
100,00 €
100,00 €
G/252C/43200
100,00 €
100,00 €
G/252C/44000
100,00 €
100,00 €
G/252C/48000
500.000,00 €
100,00 €
G/252C/49000
600.000,00 €
100,00 €
G/252C/70000
100,00 €
100,00 €
G/252C/73200
100,00 €
100,00 €
G/252C/74000
100,00 €
100,00 €
G/252C/78000
500.000,00 €
100,00 €
G/252C/79000
150.600,00 €
100,00 €
1.751.200,00 €
1.000,00 €
TOTAL
1.752.200,00 €
2. A
tendiendo a la importancia, naturaleza y oportunidad de los proyectos presentados, la
cuantía global de estos créditos podrá aumentarse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Teniendo en cuenta las limitaciones indicadas en el párrafo anterior, las reservas de crédito inicialmente realizadas en cada una de las aplicaciones presupuestarias podrán ser
objeto de modificación a efectos de distribuir los importes de una partida a otra, mediante
la realización, en su caso, de las correspondientes modificaciones de crédito, sin que se
perjudique los derechos de los solicitantes y en los términos establecidos en el artículo 39
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Régimen jurídico.
En lo no previsto en la presente resolución de convocatoria regirá lo dispuesto en el Decreto
5/2019, de 5 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en
materia de cooperación internacional para el desarrollo; la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril,
20518
Lunes 3 de abril de 2023
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA
AÑO 2023
AÑO 2024
G/252C/40000
100,00 €
100,00 €
G/252C/43200
100,00 €
100,00 €
G/252C/44000
100,00 €
100,00 €
G/252C/48000
500.000,00 €
100,00 €
G/252C/49000
600.000,00 €
100,00 €
G/252C/70000
100,00 €
100,00 €
G/252C/73200
100,00 €
100,00 €
G/252C/74000
100,00 €
100,00 €
G/252C/78000
500.000,00 €
100,00 €
G/252C/79000
150.600,00 €
100,00 €
1.751.200,00 €
1.000,00 €
TOTAL
1.752.200,00 €
2. A
tendiendo a la importancia, naturaleza y oportunidad de los proyectos presentados, la
cuantía global de estos créditos podrá aumentarse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Teniendo en cuenta las limitaciones indicadas en el párrafo anterior, las reservas de crédito inicialmente realizadas en cada una de las aplicaciones presupuestarias podrán ser
objeto de modificación a efectos de distribuir los importes de una partida a otra, mediante
la realización, en su caso, de las correspondientes modificaciones de crédito, sin que se
perjudique los derechos de los solicitantes y en los términos establecidos en el artículo 39
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Régimen jurídico.
En lo no previsto en la presente resolución de convocatoria regirá lo dispuesto en el Decreto
5/2019, de 5 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en
materia de cooperación internacional para el desarrollo; la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril,