Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Promoción Cultural. Ayudas. (2023061125)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2023.
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NÚMERO 64
Lunes 3 de abril de 2023

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5. C
 uando un proyecto de largometraje esté siendo estructurado mediante coproducción por
varias empresas, solo una de ellas podrá ser beneficiaria de la misma.
6. E
 n el caso de proyectos realizados en régimen de coproducción internacional, únicamente puede resultar beneficiario el coproductor español o con domicilio o establecimiento
permanente en España, por el presupuesto de la participación española en los mismos, y
siempre que hayan obtenido la preceptiva aprobación otorgada por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales o por el órgano autonómico competente.
7. Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Hacienda Estatal y frente a la
Seguridad Social, así como no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
b) No estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Estar inscritos previamente como tales en la sección primera del Registro Administrativo
de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA (Instituto de Cinematografía y
de las Artes Audiovisuales) a fecha de la presentación de la solicitud.
d) Acreditar el carácter cultural de la producción audiovisual que se vaya a realizar mediante informe de la comisión de valoración, que se obtendrá cuando la producción
reúna al menos dos de los requisitos que se relacionan en el anexo IX.
Sin perjuicio de lo anterior, la propia comisión de valoración podrá revocar la acreditación del carácter cultural expedido a un proyecto de largometraje cuando la información de la obra finalmente presentada junto a la documentación justificativa final no se
corresponda con la información inicial que motivó su expedición, y se compruebe que
incumple los criterios que justifican su otorgamiento. La revocación del certificado será
causa de exigencia de reintegro de las cantidades percibidas.
e) P
 resentar proyectos que impliquen realizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (contratación de recursos prestados por personas y
empresas, residentes y con domicilio, respectivamente, en el citado territorio) como
mínimo del 100 % de la ayuda solicitada.
Los requisitos exigidos al beneficiario para la obtención de la subvención deberán mantenerse desde la solicitud hasta la justificación de la ayuda concedida.