Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060965)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y el Centro de Ciberseguridad e Innovación, SL, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Extremadura.
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NÚMERO 64
20466
Lunes 3 de abril de 2023
quiridos por ambas partes, que adoptará acuerdos por unanimidad. Esta Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las partes, con una antelación mínima de 10 días
hábiles, y ajustará su régimen de organización y funcionamiento interno a la normativa de los
órganos colegiados constituida por lo dispuesto con carácter básico en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por un representante de cada una de las partes,
que serán nombrados por la Consejería de Educación y Empleo y el Centro de Ciberseguridad
e Innovación, SL, respectivamente.
Para todas las cuestiones derivadas de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente Convenio, las partes se comprometen a resolverlas de mutuo acuerdo, elevando la controversia objeto a debate ante la Comisión de Seguimiento. En caso de no encontrar una resolución conjunta, y como consecuencia de su naturaleza administrativa, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir se resolverán en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo,
conforme con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Vigésima cuarta. la Consejería de Educación y Empleo y el Centro de Ciberseguridad e Innovación, SL, así como las personas que intervienen en nombre de las mismas, se obligan a
tomar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y la confidencialidad de los datos
a los que se tenga acceso, de acuerdo con lo establecido en la normativa europea y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantías de los
derechos digitales. Esta obligación deberá subsistir una vez finalizados los trabajos objetos
del presente Convenio.
El Secretario General de la Consejería de
Educación y Empleo.
(PD, Resolución de 13 de noviembre 2019,
DOE núm. 223, de 19 de noviembre),
D. RUBÉN RUBIO POLO
El representante y apoderado del Centro de
Ciberseguridad e Innovación, SL,
D. RAÚL SÁNCHEZ ALONSO
20466
Lunes 3 de abril de 2023
quiridos por ambas partes, que adoptará acuerdos por unanimidad. Esta Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las partes, con una antelación mínima de 10 días
hábiles, y ajustará su régimen de organización y funcionamiento interno a la normativa de los
órganos colegiados constituida por lo dispuesto con carácter básico en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por un representante de cada una de las partes,
que serán nombrados por la Consejería de Educación y Empleo y el Centro de Ciberseguridad
e Innovación, SL, respectivamente.
Para todas las cuestiones derivadas de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente Convenio, las partes se comprometen a resolverlas de mutuo acuerdo, elevando la controversia objeto a debate ante la Comisión de Seguimiento. En caso de no encontrar una resolución conjunta, y como consecuencia de su naturaleza administrativa, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir se resolverán en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo,
conforme con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Vigésima cuarta. la Consejería de Educación y Empleo y el Centro de Ciberseguridad e Innovación, SL, así como las personas que intervienen en nombre de las mismas, se obligan a
tomar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y la confidencialidad de los datos
a los que se tenga acceso, de acuerdo con lo establecido en la normativa europea y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantías de los
derechos digitales. Esta obligación deberá subsistir una vez finalizados los trabajos objetos
del presente Convenio.
El Secretario General de la Consejería de
Educación y Empleo.
(PD, Resolución de 13 de noviembre 2019,
DOE núm. 223, de 19 de noviembre),
D. RUBÉN RUBIO POLO
El representante y apoderado del Centro de
Ciberseguridad e Innovación, SL,
D. RAÚL SÁNCHEZ ALONSO