Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060965)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y el Centro de Ciberseguridad e Innovación, SL, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Extremadura.
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NÚMERO 64
Lunes 3 de abril de 2023

20464

f. C
 ircunstancias que pueden dar lugar a la interrupción, suspensión o exclusión del estudiante del proyecto de Formación Profesional Dual de acuerdo con el reglamento de
régimen interno de los centros educativos y el régimen de infracciones y sanciones establecido en las normas de funcionamiento del Centro de Ciberseguridad e Innovación, SL.
Decimotercera. La selección del alumnado de Formación Profesional Dual responderá a los
criterios académicos generales de acceso a enseñanzas de formación profesional del sistema
educativo.
Además, si de la modalidad dual mixta se tratase, en la que no todo el alumnado va a la entidad colaboradora, el centro educativo podrá hacer una selección del mismo en función de
las calificaciones, asistencia a clase, actitud, esfuerzo y motivación, así como una entrevista
personal por la entidad colaboradora y/o centro educativo si se estima oportuno.
Decimocuarta. El alumnado de Formación Profesional Dual tendrá derecho a beca en las
siguientes condiciones, decayendo ese derecho en el momento de realizar la formación en
centros de trabajo:

□X P or el Centro de Ciberseguridad e Innovación, SL, siendo la cuantía de 250 € brutos
mensuales en ayuda a estudios.
Decimoquinta. En todo momento el alumnado irá provisto en la entidad colaboradora Centro
de Ciberseguridad e Innovación, SL, del DNI y tarjeta de identificación del centro educativo.
Decimosexta. El alumnado participante en los proyectos de Formación Profesional Dual del
sistema educativo habrán de someterse al proceso de selección fijado en este Convenio.
Decimoséptima. El alumnado de Formación Profesional Dual y tutores legales, en su caso,
deberá adoptar, suscribiendo el modelo normalizado establecido al efecto (Anexo IV de Formación Profesional Dual), el compromiso de cumplir las condiciones del proyecto y del centro
de trabajo, dependiente del Centro de Ciberseguridad e Innovación, SL, establecidas en el
Convenio.
Decimoctava. El centro de trabajo, dependiente del Centro de Ciberseguridad e Innovación,
SL, no estará obligado a establecer formación complementaria al alumnado participante en
las actividades formativas objeto del presente Convenio.
Decimonovena. La vigencia del presente Convenio se extiende por un periodo de cuatro
años desde el mismo día de su firma y mientras no exista denuncia por alguna de las partes.
Vigésima. En lo relativo a la Formación Profesional Dual, en lo no contemplado en este
Convenio y sus Anexos será de aplicación el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y
demás normativa de aplicación.