Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061092)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en regadío para explotación de especies leñosas de naturaleza forestal en terrenos de la Dehesa Boyal de Herrera del Duque (Badajoz)". Expte.: IA21/0887.
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NÚMERO 63
Viernes 31 de marzo de 2023
20234
Además, como medida compensatoria, el promotor propone la plantación en superficies
colindantes a las objeto de transformación con especies aromáticas entre las cuales se
plantará de forma intercalada ejemplares de pino piñonero, permitiendo el mantenimiento
del carácter forestal, comprometiéndose también a respetar las zonas de reserva propuestas en las que se propone una densificación y mejora con plantación de Quercus suber en
régimen intensivo de forma experimental, y, a cumplir las medidas expuestas por el propio
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.
— Respecto al informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana el promotor indica
que una vez autorizada la concesión de aguas solicitada, se estará a lo dispuesto por el
organismo de cuenca en todo lo relativo a dotación de agua, dominio público hidráulico,
seguridad en balsa, regulación, control de volumen, vertidos, etc.
— Respecto al informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural el promotor indica que se compromete al cumplimiento del condicionado significado
por el órgano competente en materia de Patrimonio.
— Respecto al informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas el
promotor indica que se ha proyectado la plantación únicamente con especies leñosas de
naturaleza forestal; destinando una parte de la superficie inicial (10,06 ha) a la conservación y mejora del Hábitat 6220 (majadal).
Además, se mantienen las zonas de reserva de Hábitat dehesa (22,84 ha), realizando en
estas zonas una redensificación y mejora del hábitat con plantación de Quercus suber en
régimen intensivo de forma experimental.
Por último, el promotor se compromete a cumplir con las medidas implantadas por ese
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
Durante el análisis técnico del expediente, el órgano ambiental consideró que no disponía
de elementos de juicio necesarios para poder realizar la evaluación de impacto ambiental,
por lo que con fecha 2 de febrero de 2023 se solicitaron informes complementarios a la
Dirección General de Política Forestal (Servicio de Ordenación y Gestión Forestal) y a la Dirección General de Sostenibilidad (Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas), los cuales remitieron sendos informes, cuyo contenido se resume a continuación:
1. Con fecha 17 de febrero de 2023, se recibe nuevo informe complementario del Servicio
de Ordenación y Gestión Forestal perteneciente a la Dirección General de Política Forestal, en el que se informan favorablemente las modificaciones introducidas, estableciéndose un nuevo condicionado al respecto de éstas. Entre otras cuestiones, se indica que
las modificaciones introducidas, consistentes en la sustitución de los cultivos agrícolas
Viernes 31 de marzo de 2023
20234
Además, como medida compensatoria, el promotor propone la plantación en superficies
colindantes a las objeto de transformación con especies aromáticas entre las cuales se
plantará de forma intercalada ejemplares de pino piñonero, permitiendo el mantenimiento
del carácter forestal, comprometiéndose también a respetar las zonas de reserva propuestas en las que se propone una densificación y mejora con plantación de Quercus suber en
régimen intensivo de forma experimental, y, a cumplir las medidas expuestas por el propio
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.
— Respecto al informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana el promotor indica
que una vez autorizada la concesión de aguas solicitada, se estará a lo dispuesto por el
organismo de cuenca en todo lo relativo a dotación de agua, dominio público hidráulico,
seguridad en balsa, regulación, control de volumen, vertidos, etc.
— Respecto al informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural el promotor indica que se compromete al cumplimiento del condicionado significado
por el órgano competente en materia de Patrimonio.
— Respecto al informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas el
promotor indica que se ha proyectado la plantación únicamente con especies leñosas de
naturaleza forestal; destinando una parte de la superficie inicial (10,06 ha) a la conservación y mejora del Hábitat 6220 (majadal).
Además, se mantienen las zonas de reserva de Hábitat dehesa (22,84 ha), realizando en
estas zonas una redensificación y mejora del hábitat con plantación de Quercus suber en
régimen intensivo de forma experimental.
Por último, el promotor se compromete a cumplir con las medidas implantadas por ese
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
Durante el análisis técnico del expediente, el órgano ambiental consideró que no disponía
de elementos de juicio necesarios para poder realizar la evaluación de impacto ambiental,
por lo que con fecha 2 de febrero de 2023 se solicitaron informes complementarios a la
Dirección General de Política Forestal (Servicio de Ordenación y Gestión Forestal) y a la Dirección General de Sostenibilidad (Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas), los cuales remitieron sendos informes, cuyo contenido se resume a continuación:
1. Con fecha 17 de febrero de 2023, se recibe nuevo informe complementario del Servicio
de Ordenación y Gestión Forestal perteneciente a la Dirección General de Política Forestal, en el que se informan favorablemente las modificaciones introducidas, estableciéndose un nuevo condicionado al respecto de éstas. Entre otras cuestiones, se indica que
las modificaciones introducidas, consistentes en la sustitución de los cultivos agrícolas