Consejería De Educación Y Empleo. Formación Del Profesorado. (2023061062)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la realización de estancias formativas en empresas o instituciones, para el profesorado de Formación Profesional Específica de la Consejería de Educación y Empleo.
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NÚMERO 61
Miércoles 29 de marzo de 2023

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e) C
 onocer nuevas posibilidades para el desarrollo del módulo profesional de formación en
centros de trabajo, con el fin de facilitar su programación.
Segundo. Destinatarios.
1. P
 odrán solicitar la realización de estancias formativas en empresas o instituciones, el profesorado de los Cuerpos de Enseñanza Secundaria y Técnicos de Formación Profesional
Específica que, en el momento de realizar la estancia formativa, imparta enseñanza de
Formación Profesional en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación y
Empleo de la Junta de Extremadura, o trabaje en servicios educativos como Equipos de
Orientación Educativa, Equipos de Educación para Adultos, Centros de Profesores y de
Recursos, Unidades de Programas Educativos, Inspección de Educación, así como en los
servicios educativos de la Consejería de Educación y Empleo.
2. D
 urante el tiempo que dure la estancia formativa en la empresa, el profesorado participante deberá estar en situación administrativa de servicio activo en las condiciones descritas
en el punto anterior. El cese en el puesto de trabajo como docente supondrá la suspensión
de la estancia formativa en la empresa. La Dirección General de Innovación e Inclusión
Educativa, podrá recabar información de la Dirección General con competencia en personal
docente sobre la situación administrativa del profesorado participante.
Tercero. Requisitos básicos y duración de las actividades.
1. E
 l profesorado interesado presentará un proyecto de trabajo para llevar a cabo durante la
estancia de formación en la empresa o institución, cuyas características se prevén en el
apartado cuarto de la presente convocatoria, que deberá ser aprobado por la empresa o
institución donde se propone desarrollar la actividad de formación.
2. L
 as estancias tendrán una duración mínima de 30 horas y máxima de 100 horas, y su desarrollo podrá coincidir con el periodo de actividad profesional del profesorado participante,
siempre que las actividades docentes y otras programadas en el centro educativo no se
vean afectadas. Las estancias formativas podrán realizarse entre el 1 de julio y el 31 de
diciembre de 2023.
Cuarto. Solicitudes y documentación.
1. E
 l profesorado interesado formalizará la solicitud, según el modelo recogido en el anexo
I de la presente resolución, e irá dirigida a la Dirección General de Innovación e Inclusión
Educativa. Dichas solicitudes se presentarán:
— En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema
de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura