Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061053)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto "Transformación en regadío con aguas superficiales de 14,5052 hectáreas de tomate para industria", en el término municipal de Don Benito, cuya promotora es Olivos del Tajo, SL. Expte.: IA20/1467.
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NÚMERO 61
Miércoles 29 de marzo de 2023



19372

S
 egún lo dispuesto en la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados
por los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los
vertidos al mismo, para el control del volumen derivado por las captaciones de agua
del DPH, el titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un
dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados realmente
(contador o aforador).



–V
 ertidos al DPH; la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego.
En las conclusiones, el órgano de cuenca indica que:



–L
 a parte de la parcela 9 del polígono 21 del término municipal de Don Benito, que
asciende a 7,03 ha, situada dentro del DPH cartográfico del río Guadiana, no debe
formar parte del perímetro de riego de cultivos hortícolas de la concesión en trámite.



–D
 ado que parte de la superficie de riego objeto de este informe cuenta con derechos
preexistentes, la promotora deberá modificar su solicitud de concesión para eliminar
las duplicidades detectadas.
Concluye la Confederación Hidrográfica del Guadiana informando desfavorablemente la
presente actuación mientras no se reformule la solicitud de concesión en trámite, de
manera que se subsanen los aspectos indicados en los puntos anteriores de las conclusiones de su informe.

— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad informa que aunque la actividad solicitada se localiza fuera de la Red
Natura 2000, ésta puede afectar al espacio de la Red Natura 2000: ZEC “Río Guadiana
Alto – Zújar”, siendo los instrumentos de Gestión de aplicación.


–P
 lan Director de Red Natura 2000 (anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo,
por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura).



– Planes de Gestión (anexo V del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura).
Según la zonificación establecida en su Plan de Gestión, las actuaciones se proyectan en:
Zona de Alto Interés (ZAI) “Cursos de agua y márgenes fluviales”, superficie incluida en
esta categoría de zonificación por el elemento clave “hábitat naturales de ribera”, que
incluye el dominio público hidráulico de los ríos Guadiana, Matachel y Zújar y de sus
afluentes, así como las formaciones de vegetación natural anexas.