Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Empleo Público. (2023061055)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 22 de marzo de 2023, por el que se establecen las directrices de contratación de personal laboral temporal y nombramiento de funcionarios interinos en 2023.
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023

19013

6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, deberán acompañar a la solicitud de autorización un informe
del Director, Gerente, Presidente o cargos asimilados del órgano de gobierno del consorcio
sobre la inviabilidad de la adscripción al consorcio de personal procedente de las administraciones consorciadas en atención a la singularidad de las funciones a desempeñar.
4. La persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
Pública dictará resolución autorizando la contratación o la incorporación en el plazo de 20
días hábiles desde la presentación de la solicitud, siempre que se disponga de integrantes
en las listas de espera vigentes. En el caso de que transcurra el plazo referido sin respuesta
expresa, se entenderá denegada la solicitud de autorización para la contratación temporal
de personal o para la incorporación del personal funcionario interino.
5. Si se produce la extinción de un contrato temporal o de un nombramiento de interinidad
para la cobertura de una vacante autorizada de conformidad con estas directrices, la solicitud de autorización para la suscripción de un nuevo contrato de personal laboral temporal
o de un nuevo nombramiento de interinidad, no precisará la remisión de la documentación
señalada en el apartado 2 de esta directriz que ya hubiere sido enviada con anterioridad,
siempre que el mismo, se limite a completar el período de ejecución del contrato o nombramiento inicial y se mantengan el resto de condiciones que motivaron la autorización
otorgada, respetando en todo caso lo dispuesto en el apartado 3 de la directriz tercera.
En el caso de que el nuevo nombramiento de interinidad o la nueva contratación temporal
supusieran incremento de gasto sería necesario informar sobre la existencia de crédito adecuado y suficiente.
Quinta. Procedimiento para el nombramiento de funcionarios interinos docentes en
centros docentes no universitarios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.3 párrafo tercero de la Ley 6/2022, de
30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2023, el nombramiento de personal docente no universitario de la Consejería
de Educación y Empleo deberá respetar lo establecido en la normativa básica estatal y en
la específica del sector y se sujetará al régimen de autorizaciones que determine el centro
directivo, debiendo remitir con periodicidad semestral a la Consejería competente en materia
de presupuestos y función pública, una relación de las contrataciones y nombramientos realizados durante este periodo.