Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Empleo Público. (2023061055)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 22 de marzo de 2023, por el que se establecen las directrices de contratación de personal laboral temporal y nombramiento de funcionarios interinos en 2023.
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NÚMERO 60

19010

Martes 28 de marzo de 2023

ANEXO
DIRECTRICES PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL Y
NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS INTERINOS.
Primera. Objeto.
Las presentes directrices tienen por objeto desarrollar el régimen de autorización para la contratación de personal laboral temporal y el nombramiento de funcionarios interinos durante
el año 2023.
Segunda. Ámbito de aplicación.
2.1. Las presentes directrices serán de aplicación a las entidades contempladas en las letras
b), c), d), e) y f) del artículo 1.1 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
2.2. El resto de entidades del sector público autonómico, especialmente las previstas en las
letras a), b), c) y d) del artículo 1.2 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, se regirán
por lo establecido específicamente en la Ley de Presupuestos y las directrices que en
aplicación de dicha regulación pudieran desarrollarse.
2.3. Este acuerdo no será de aplicación a los supuestos contemplados en los artículos 28 y
29 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2023, por lo que el nombramiento y contratación
de este personal se ajustará al procedimiento y requisitos establecidos en los citados artículos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2023.
Tercera. Criterios generales.
En la contratación de personal laboral temporal y en el nombramiento de funcionarios interinos se atenderá a los siguientes criterios generales:
1. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público y en el artículo 27.3 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, la contratación de
nuevo personal laboral temporal y el nombramiento de personal funcionario interino para la
cobertura de vacantes o sustitución transitoria de los titulares, procederá en los supuestos