Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061049)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Comercio General de la Provincia de Badajoz".
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023

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PRIMER CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO EN GENERAL
PARA LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Exposición de Motivos.
Las partes en la representación que ostentan cada una de ellas, son conscientes de la imposibilidad actual de armonizar las distintas estructuras de los diferentes subsectores, consecuencia de las diferencias de los mismos, basadas principalmente en volúmenes de ventas,
márgenes comerciales y demás peculiaridades específicas de cada subsector, que imposibilita
en estos momentos una conducta homogénea, especialmente tanto en tablas salariales como
en determinadas cláusulas concretas que se recogerán para cada subsector.
Por ello se negociará un texto de general aplicación para el convenio colectivo de ámbito provincial del sector del comercio en general, y unas cláusulas determinadas para cada subsector
de comercio, en función de sus concretas peculiaridades.
Para aquellas actividades en las que no estuvieran comprendidas en ninguno de los sectores
será de aplicación como regulación mínima las condiciones del sector de Ópticas reguladas
en este convenio
Artículo Preliminar.
El presente Convenio se suscribe entre las Centrales Sindicales CCOO y UGT y, la Confederación de Organizaciones Empresariales de la provincia de Badajoz, en su condición de miembro
de CEOE y CEPYME.
Ambas partes ostentan, según lo establecido en el artículo 87.2 Y 3 del vigente texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, la representación de los trabajadores/as y empresarios/
as del sector en la Provincia, por lo que el presente Convenio tendrá eficacia general dentro
del ámbito de aplicación del mismo.
Conforme a lo previsto en el artículo, 83.2, el presente Convenio se suscribe con el fin de ordenar la regulación existente dentro los distintos subsectores que se relación a continuación:
Comercio del calzado, piel y artículos de viaje de la provincia de Badajoz.
(6000965011997), Comercio de alimentación (mayor y menor) de la provincia de Badajoz
(06000135011981), Comercio de la madera, el mueble y la marquetería de la provincia de Badajoz (06000625011990), Comercio del metal de la provincia de Badajoz (06000145011981),
Ópticas de la Provincia de Badajoz (06001615012007) y Comercio textil de la provincia de
Badajoz ( 0600015501198).