Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Fundaciones. Subvenciones. (2023061030)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Asociación Extremeña de Fundaciones, prevista nominativamente en la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023, para el desarrollo del proyecto "Plan de Reestructuración de las fundaciones Extremeñas".
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NÚMERO 60
19006
Martes 28 de marzo de 2023
Se considerará que el cumplimiento por el beneficiario se aproxima significativamente al
cumplimiento total, cuando se haya ejecutado al menos un 50% de las actividades objeto de
la subvención. En estos casos procederá la devolución de la subvención en cuanto a la parte
no ejecutada.
Procederá el reintegro total de la subvención concedida, cuando las actividades subvencionables se ejecuten en un porcentaje inferior al 50% de las mismas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada cuyo órgano competente para resolverlo será la Vicepresidenta
Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a partir del
día siguiente a su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello sin perjuicio de
que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 20 de marzo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA ASCENSIÓN MURILLO
MURILLO
19006
Martes 28 de marzo de 2023
Se considerará que el cumplimiento por el beneficiario se aproxima significativamente al
cumplimiento total, cuando se haya ejecutado al menos un 50% de las actividades objeto de
la subvención. En estos casos procederá la devolución de la subvención en cuanto a la parte
no ejecutada.
Procederá el reintegro total de la subvención concedida, cuando las actividades subvencionables se ejecuten en un porcentaje inferior al 50% de las mismas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada cuyo órgano competente para resolverlo será la Vicepresidenta
Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a partir del
día siguiente a su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello sin perjuicio de
que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 20 de marzo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA ASCENSIÓN MURILLO
MURILLO