Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061022)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Monesterio. Expte.: IA13/1957.
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Lunes 27 de marzo de 2023

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madura. Se informe favorablemente el Plan General Municipal de Monesterio, en cuanto
a las competencias que este organismo tiene establecidas.
• Dirección General de Industria, Energía y Minas. Emite informe definiendo el objeto del
informe, análisis del Plan General Municipal de Monesterio, recursos geológicos y mineros, actividades de exploración, investigación y aprovechamiento de materias primas
minerales en el término municipal de Monesterio, consideraciones previas, y concluyendo que revisado el Plan General Municipal, se informa favorablemente, condicionada a
la modificación del término “explotaciones extractivas y mineras a cielo abierto” por el
término “explotaciones extractivas y mineras”.
• Secretaría General. Consejería de Educación y Empleo. No se observan consideraciones,
que menoscaben los intereses defendidos por esta Consejería, por lo que se emite informe favorable desde esta Secretaría General.
• Ministerio de Hacienda y Función Pública. La comunicación realizada por este Ayuntamiento no exige la emisión de informe sectorial alguno por este departamento, ni sustituye la petición de los informes sectoriales preceptivos que puedan afectar al ejercicio
de las competencias estatales, que deberán solicitarse a las Administraciones públicas
competentes para su emisión.
• Secretaría General de Arquitectura, Vivienda y Políticas de Consumo. Siempre que la documentación aportada se integre finalmente en el documento que se eleve a aprobación
definitiva, se informa favorablemente al Plan General de Monesterio, en lo referente a los
bienes con destino vivienda, adscritos a la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.
• Dirección General de Salud Pública. Se informa que:
Según artículo 24 del Decreto 161/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, así como el informe de la Abogacía de la Junta
de Extremadura, conforme a los que se deduce que el emplazamiento de los cementerios
de nueva construcción, así como la ampliación de los ya existentes, deberá cumplir las
siguientes condiciones:


–H
 abrá de hacerse sobre terrenos permeables, alejados de las zonas pobladas, de las
cuales habrán de distar, por lo menos, 500 metros.



–D
 entro del perímetro determinado por la distancia indicada, no podrá autorizarse la
construcción de viviendas o edificaciones destinadas a alojamientos humano.



–T
 endrán la consideración de zona poblada los terrenos clasificados en el planeamiento
urbanístico como urbanas o urbanizables, programados no programados, donde de