Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060890)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad de Castilla-La Mancha y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas de estudiantes.
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NÚMERO 59
Lunes 27 de marzo de 2023

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En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del Real
Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y
otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, y estando pendiente de desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, conforme a lo previsto en la letra b) del
apartado 3 de la citada disposición adicional, “tales obligaciones corresponderán al centro
educativo en el que los alumnos cursen sus estudios”.
Novena. Derechos y obligaciones del alumnado.
Durante el periodo de prácticas, el alumnado será titular de los derechos y obligaciones recogidos en el art. 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, estando igualmente sometidos a las
estipulaciones del presente convenio y al régimen de funcionamiento del centro dependiente
de la CONSEJERÍA donde se lleven a cabo las prácticas.
Los/las estudiantes tendrán, entre otros, los siguientes derechos:
• A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la institución o entidad
donde se realice la misma.
• A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
• A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
previa comunicación con antelación suficiente a la institución o entidad donde se realice
la práctica.
• A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas
con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación
de discapacidad.
• Cualquier otro derecho previsto en la normativa vigente.
Asimismo, los/las estudiantes tendrán, entre otros, los siguientes deberes:
• Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir el
horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
• Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.