Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060890)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad de Castilla-La Mancha y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas de estudiantes.
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NÚMERO 59
Lunes 27 de marzo de 2023

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En los supuestos de resolución anticipada, la Comisión de seguimiento prevista en este
convenio decidirá sobre la forma de terminar las actuaciones en curso.
No obstante, si en el momento de la resolución del presente convenio algún estudiante de
la Universidad se encontrase realizando prácticas en algún centro de la Consejería, el convenio segui­rá produciendo todos sus efectos hasta la completa finalización de las mismas.
3. L
 as partes podrán modificar el presente convenio de mutuo acuerdo en cualquier momento.
Tal modificación deberá realizarse por escrito mediante la firma de una adenda al mismo.
Por circunstancias de salud pública u otras causas de fuerza mayor, que impidan realizar
las actividades de la forma prevista inicialmente, éstas podrían ser objeto de modificación
para adecuar el cronograma, la metodología o cualquier otro aspecto procedimental relativo a su ejecución y que resulte más acorde con la nueva circunstancia sobrevenida, previo
acuerdo de la Comisión de Seguimiento.
Décima séptima. Rescisión anticipada.
En caso de que concurran causas sobrevenidas debidamente justificadas, cualquiera de las
partes podrá rescindir el periodo de prácticas.
En el supuesto de que la iniciativa sea de la Consejería o de la UCLM se deberá elaborar un
informe en el que se justifiquen los hechos o circunstancias que determinan la rescisión anticipada de las prácticas y la fecha de finalización de las mismas, para su traslado a la otra parte.
En el supuesto de que la iniciativa para la rescisión anticipada de las prácticas sea del alum­no,
se deberá comunicar al tutor académico de la universidad y al tutor de prácticas de la Consejería, los motivos que determinan la rescisión y obtener el visto bueno de ambos tutores en
el que se fije la fecha de finalización de la práctica.
Décima octava. Régimen jurídico, Naturaleza y Jurisdicción.
El presente Convenio se fundamenta jurídicamente en el Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas de los estudiantes universitarios, el Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del estudiante universitario y el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
El convenio tiene naturaleza administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/