Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. (2023050067)
Orden de 20 de marzo de 2023 por la que se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes destinados a la obtención del certificado de competencia profesional (CCP) para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, a celebrar en el año 2023.
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NÚMERO 59
Lunes 27 de marzo de 2023
18572
La comprobación de la exactitud de los datos de identidad personal y de domicilio o residencia de las personas solicitantes se realizará de oficio por el órgano instructor mediante
los servicios ofrecidos por el prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad
(SVDI) y del Sistema de Verificación de Datos de Residencia (SVDR), respectivamente,
siempre que no conste en el procedimiento la oposición de la persona interesada.
En todo caso, los aspirantes deberán exhibir, durante la realización de la prueba y a requerimiento del Tribunal calificador, el original de su Documento Nacional de Identidad con el
fin de acreditar el requisito de identidad personal.
Segunda. Presentación de solicitudes.
1. L
os interesados formularán su solicitud en los términos expresados en el modelo oficial
contenido en el anexo de la presente orden.
2. E
l plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde la fecha
de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria.
3. Al amparo de la presente convocatoria, mediante resolución de la persona titular de la
Dirección General competente en materia de transportes, podrán abrirse un segundo y
sucesivos plazos de presentación de solicitudes cuando, en función de las presentadas
inicialmente, de los recursos electrónicos y medios materiales de que se disponga para la
ejecución de las pruebas o de la demanda procedente del sector del transporte, resultare
pertinente el inicio de nuevos procedimientos.
4. L
a presentación de solicitudes podrá hacerse efectiva en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía indicadas en la Resolución de 23 de abril de 2021 (DOE n.º 78, de 27 de abril), y
en todos los lugares contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común, a saber, de acuerdo con este último precepto:
a) En el Registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como
en los restantes registros electrónicos de organismos y entidades que integran el sector
público.
En este sentido, entre otros:
— El Registro electrónico de la Junta de Extremadura, en la URL siguiente:
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
— El Registro electrónico de la Administración General del Estado, en la URL siguiente:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
Lunes 27 de marzo de 2023
18572
La comprobación de la exactitud de los datos de identidad personal y de domicilio o residencia de las personas solicitantes se realizará de oficio por el órgano instructor mediante
los servicios ofrecidos por el prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad
(SVDI) y del Sistema de Verificación de Datos de Residencia (SVDR), respectivamente,
siempre que no conste en el procedimiento la oposición de la persona interesada.
En todo caso, los aspirantes deberán exhibir, durante la realización de la prueba y a requerimiento del Tribunal calificador, el original de su Documento Nacional de Identidad con el
fin de acreditar el requisito de identidad personal.
Segunda. Presentación de solicitudes.
1. L
os interesados formularán su solicitud en los términos expresados en el modelo oficial
contenido en el anexo de la presente orden.
2. E
l plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde la fecha
de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria.
3. Al amparo de la presente convocatoria, mediante resolución de la persona titular de la
Dirección General competente en materia de transportes, podrán abrirse un segundo y
sucesivos plazos de presentación de solicitudes cuando, en función de las presentadas
inicialmente, de los recursos electrónicos y medios materiales de que se disponga para la
ejecución de las pruebas o de la demanda procedente del sector del transporte, resultare
pertinente el inicio de nuevos procedimientos.
4. L
a presentación de solicitudes podrá hacerse efectiva en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía indicadas en la Resolución de 23 de abril de 2021 (DOE n.º 78, de 27 de abril), y
en todos los lugares contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común, a saber, de acuerdo con este último precepto:
a) En el Registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como
en los restantes registros electrónicos de organismos y entidades que integran el sector
público.
En este sentido, entre otros:
— El Registro electrónico de la Junta de Extremadura, en la URL siguiente:
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
— El Registro electrónico de la Administración General del Estado, en la URL siguiente:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do