Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023040047)
Decreto 16/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable y de calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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Lunes 27 de marzo de 2023

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En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con adecuación a las normas que le sirven de
marco.
En virtud del principio de seguridad jurídica, esta norma es coherente con el conjunto del
ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido en cuenta el
principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, así como se ha promovido la participación de las personas potencialmente destinatarias a aquellas interesadas.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta norma, estableciendo criterios objetivos y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de las subvenciones, persigue una correcta utilización de los recursos públicos.
El establecimiento de las subvenciones que contempla la presente norma contribuye al objetivo fundamental de fijación de la población en el medio rural. Por ese motivo, esta actuación
se considera una medida adecuada de la política de la Junta de Extremadura ante el reto
demográfico y territorial.
De conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la primera o única convocatoria de
las mismas. En estos casos, las bases reguladoras se aprobarán por decreto del Consejo de
Gobierno y el procedimiento se tramitará por vía de urgencia.
En la primera convocatoria, establecida en la disposición adicional única, atendiendo a la
naturaleza de las subvenciones y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 17.3 del presente decreto, se habilita un plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación en
el DOE de la resolución de la convocatoria, para que puedan presentarse solicitudes para los
contratos cuyas fechas de inicio o transformación se hayan producido entre el 5 de mayo de
2022 y el día de publicación de la resolución de convocatoria, de modo que ampare todas
las contrataciones que, al día de finalizar la vigencia de la convocatoria anterior, convocada
mediante Resolución de 17 de diciembre de 2021 (DOE núm. 8, de 13 de enero de 2022), al
amparo de la Orden de 4 de marzo de 2021 por la que establecieron las bases reguladoras
de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma
de Extremadura (DOE núm. 48, de 11 de marzo), aún disponían de plazo para presentar la
solicitud de ayuda.
De conformidad con todo lo anterior, mediante el presente decreto se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento
del empleo estable y de calidad y se aprueba la primera convocatoria.