Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023040047)
Decreto 16/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable y de calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 59
Lunes 27 de marzo de 2023

18517

1. M
 antener la contratación indefinida objeto de subvención durante un periodo mínimo
de dos años, contados a partir de la fecha de alta o transformación en indefinido de la
persona trabajadora por la que inicialmente se solicita subvención.
Para el cumplimiento de la obligación del párrafo anterior, en el supuesto de baja de la
persona objeto de subvención, la entidad beneficiaria deberá proceder a la sustitución
de la misma conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del presente decreto. Si dicha
circunstancia se produce en el último mes del período de obligaciones, este se verá incrementando en el mismo número de días necesarios para efectuar la sustitución.
Los periodos de suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas,
técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor, regulados por el
artículo 47 y 47 bis del Estatuto de los Trabajadores, se entenderán como no cumplidos
y la obligación se reanudará una vez finalizada la suspensión del contrato o la reducción
de la jornada. En caso de declararse el incumplimiento de las obligaciones, éstos períodos no computarán como tiempo efectivo de mantenimiento del empleo, a efectos del
cálculo de la cuantía a reintegrar.
2. Mantener durante un período mínimo de dos años, a contar desde la fecha de inicio o
transformación en indefinido del contrato por el que inicialmente se solicita subvención,
el número de personas trabajadoras indefinidas en la empresa, en base a las siguientes
reglas:
Se calculará la media aritmética diaria del número de personas trabajadoras indefinidas
de plantilla en los dos años inmediatamente posteriores al de la contratación por la que
inicialmente se solicita subvención. A estos efectos, se computará cada persona trabajadora indefinida en proporción al número de días en alta, en el período de referencia,
computándose todas las personas trabajadoras indefinidas de la entidad dados de alta
en códigos de cuenta de cotización de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exceptuando las fijas discontinuas, con independencia de su jornada y excluyendo para este
cálculo al trabajador subvencionado.
Asimismo, y a los efectos de determinar el mantenimiento del número de personas
trabajadoras indefinidas en la empresa, se computarán las personas trabajadoras con
contratos de jubilación parcial, que hubiesen mantenido un vínculo laboral de carácter
indefinido previo a la celebración de dicho contrato.
Si la cifra de la plantilla media de personas trabajadoras indefinidas de la empresa resultase con números decimales, se redondeará a la unidad superior si el decimal es mayor
de 0,5 y a la unidad inferior si éste es menor o igual a 0,5.