Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023061002)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio y grado superior en régimen presencial completo, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el curso 2023-2024.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 58
18237
Viernes 24 de marzo de 2023
Trigésimo octavo. Casos especiales de personas que convalidando o reconociendo
módulos podrían realizar la FCT y/o Proyecto u obtener el título.
Siendo una de las finalidades más importantes de la formación profesional la titulación y
la incorporación al mundo laboral, los casos de personas que pudieran cursar el módulo de
Formación en Centros de Trabajo y/o Proyecto o incluso obtener el título convalidando o reconociendo módulos de primero o segundo y sean esos módulos un impedimento para realizar
la matrícula conforme a las normas de admisión, dichos casos serán tratados por la Dirección
General de Formación Profesional y Formación para el Empleo para lo cual serían derivados
por los centros directamente a ésta.
Trigésimo noveno. Eficacia y recursos.
1. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso de alzada, ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo
de un mes desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro que estimen procedente.
Mérida, 20 de marzo de 2023.
El Director General de Formación
Profesional y Formación para el Empleo,
MANUEL GÓMEZ PAREJO
18237
Viernes 24 de marzo de 2023
Trigésimo octavo. Casos especiales de personas que convalidando o reconociendo
módulos podrían realizar la FCT y/o Proyecto u obtener el título.
Siendo una de las finalidades más importantes de la formación profesional la titulación y
la incorporación al mundo laboral, los casos de personas que pudieran cursar el módulo de
Formación en Centros de Trabajo y/o Proyecto o incluso obtener el título convalidando o reconociendo módulos de primero o segundo y sean esos módulos un impedimento para realizar
la matrícula conforme a las normas de admisión, dichos casos serán tratados por la Dirección
General de Formación Profesional y Formación para el Empleo para lo cual serían derivados
por los centros directamente a ésta.
Trigésimo noveno. Eficacia y recursos.
1. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso de alzada, ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo
de un mes desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro que estimen procedente.
Mérida, 20 de marzo de 2023.
El Director General de Formación
Profesional y Formación para el Empleo,
MANUEL GÓMEZ PAREJO