Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023061002)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio y grado superior en régimen presencial completo, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el curso 2023-2024.
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NÚMERO 58

18231

Viernes 24 de marzo de 2023

Admisión y matriculación 2023-2024. Calendario de actuaciones.
SEGUNDO CURSO
Matrícula del alumnado que promociona o repite, traslados de matrícula y admisión para
segundo curso (MES de SEPTIEMBRE)
Fecha o plazo

Actuación

Anexos de referencia

Del 18 al 29 de
septiembre

Periodo de extraordinario de matriculación de alumnado de 2º por lista de espera
ordinaria y en aquellos ciclos en los que no exista lista de espera. Los centros
podrán mecanizar matrículas hasta el 4 de octubre.

28 y 29 de
septiembre

Periodo de matriculación preferente para personas de lista de espera de Rayuela
que en 2022/2023 hubieran estado matriculadas en el ciclo formativo en oferta
parcial, para las vacantes surgidas en este periodo. Los centros podrán mecanizar
matrículas hasta el 4 de octubre.

Aspectos comunes tanto para Primero como para Segundo
Vigésimo sexto. Sistema de desempate.
Si, a pesar de los criterios de prioridad de la Orden de 27 de mayo de 2019 se produjera
empates en la baremación, se resolverán en atención a la resolución de la Dirección General
de Función Pública Publicada en el Diario Oficial de Extremadura, por la que se da publicidad
al resultado del sorteo público para determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2023. De este modo, los
solicitantes empatados se ordenarán a partir de la letra extraída para el primer apellido, que
para el presente año ha sido la letra “G”(DOE n.º 54 de 20 de marzo).
Vigésimo séptimo. Anulación de matrícula.
De acuerdo con el artículo 20 de la Orden de 27 de mayo de 2019, sólo será posible anular la
matrícula dentro del mismo plazo para presentarse con el objetivo de reponer el estado de la
persona en el proceso de admisión al momento de previo a dicha matrícula. Por ello, según
se indica en el apartado decimoséptimo punto 1 y 2, el sistema informático permite anular la
matrícula que se hace de forma online dentro del plazo de matriculación. Durante el proceso
de lista de espera, también es posible la anulación de las matrículas, pero se ha de tener en
cuenta lo dispuesto en el apartado decimosexto punto 9, relativo a la no reposición de la situación de las personas en las listas de espera.
Vigésimo octavo. Comisiones de Escolarización.
1. Para esta convocatoria de acuerdo con el párrafo 1 del artículo 21 de la Orden se establecerán Comisiones Provinciales de Escolarización que se constituirán con anterioridad al
comienzo del periodo de solicitud, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas
sobre admisión del alumnado. Se enviará detalle de su composición a la Dirección General
de Formación Profesional y Formación para el Empleo.