Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Recursos Humanos. (2023061016)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Humanos adscritos al Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023
18103
PLAN DE ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS ADSCRITOS AL CENTRO
DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS DE EXTREMADURA
(CICYTEX)
1. M
arco Normativo.
• Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
• Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
• Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura.
• V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.
• Decreto 135/2013, de 30 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de
Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
• Decreto 95/2022, de 20 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Personal de Investigación Funcionario del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y se regula el proceso de integración en las escalas del personal
de investigación.
2. A
ntecedentes.
I. El Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (en adelante
CICYTEX) fue creado mediante la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la
tecnología y la innovación de Extremadura, como un ente de derecho público adscrito a
la Consejería competente en materia de I+D+i de la Junta de Extremadura, dotado de
personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios, y autonomía funcional
y de gestión, correspondiéndole el ejercicio de las potestades administrativas precisas
para el cumplimiento de sus fines. Tales fines, de acuerdo con el artículo 68 de la citada ley, radican principalmente en la generación de I+D+i para contribuir al avance del
conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural de Extremadura, formación
de personal y asesoramiento a entidades públicas y privadas en materia de I+D+i.
Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos, aprobados mediante Decreto
135/2013, de 30 de julio (DOE n.º 148, de 1 de agosto).
Viernes 24 de marzo de 2023
18103
PLAN DE ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS ADSCRITOS AL CENTRO
DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS DE EXTREMADURA
(CICYTEX)
1. M
arco Normativo.
• Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
• Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
• Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura.
• V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.
• Decreto 135/2013, de 30 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de
Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
• Decreto 95/2022, de 20 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Personal de Investigación Funcionario del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y se regula el proceso de integración en las escalas del personal
de investigación.
2. A
ntecedentes.
I. El Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (en adelante
CICYTEX) fue creado mediante la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la
tecnología y la innovación de Extremadura, como un ente de derecho público adscrito a
la Consejería competente en materia de I+D+i de la Junta de Extremadura, dotado de
personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios, y autonomía funcional
y de gestión, correspondiéndole el ejercicio de las potestades administrativas precisas
para el cumplimiento de sus fines. Tales fines, de acuerdo con el artículo 68 de la citada ley, radican principalmente en la generación de I+D+i para contribuir al avance del
conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural de Extremadura, formación
de personal y asesoramiento a entidades públicas y privadas en materia de I+D+i.
Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos, aprobados mediante Decreto
135/2013, de 30 de julio (DOE n.º 148, de 1 de agosto).