Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Recursos Humanos. (2023061016)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Humanos adscritos al Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023
18121
voluntaria por prestar servicios en el sector público, de conformidad con el artículo 139.1
de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
E
l personal que no opte por la integración mantendrá su régimen de aplicación y sus
puestos serán declarados a amortizar en la correspondiente RPT.
• Puestos vacantes ocupados con carácter provisional por funcionarios de carrera en comisión de servicios: Estos puestos quedarán integrados automáticamente en el régimen
del EPIF, quedando condicionado el mantenimiento de la comisión de servicios correspondiente al cumplimiento de los requisitos exigibles.
• Puestos vacantes u ocupados por funcionarios interinos o personal laboral indefinido no
fijo: Estos puestos se integrarán directamente en el régimen estatutario, no obstante
respecto del personal ocupante de los mismos cabe distinguir:
–P
ersonal funcionario interino por sustitución de funcionario de carrera con reserva de
puesto de trabajo: Este personal quedará sujeto a la opción que adopte el funcionario
de carrera sustituido en relación a la integración.
–P
ersonal funcionario interino en puesto vacante: Este personal se integrará directamente en el régimen del EPIF siempre que cumpla con los requisitos exigibles, manteniendo en todo caso su naturaleza temporal.
–P
ersonal laboral indefinido no fijo adscrito a puestos de personal funcionario: Este
personal mantendrá su régimen de aplicación, quedando en consecuencia excluido
del ámbito de aplicación del EPIF, y permaneciendo afecto a los procesos de selección y provisión que se convoquen para la cobertura de los puestos de trabajo de
adscripción.
El CICYTEX acometerá el procedimiento de integración en dos fases, abarcando la primera
los puestos ocupados por funcionarios de carrera con carácter definitivo o en régimen de
comisión de servicios y la segunda aquellos puestos vacantes u ocupados con carácter
temporal por personal funcionario interino o personal indefinido no fijo.
En este sentido, si bien la disposición transitoria cuarta de la Ley 10/2010, de 16 de
noviembre, establece que los puestos desempeñados por personal funcionario interino
quedarán integrados automáticamente en el régimen del EPIF con la entrada en vigor en
este último, lo cual tuvo lugar en fecha 26 de julio de 2022 (DOE n.º 143), la integración
efectiva queda supeditada a la determinación de la concreta escala de adscripción de tales puestos, así como a la comprobación del cumplimiento de los requisitos de titulación
exigibles por parte del funcionario interino ocupante, lo cual tendrá lugar en el seno de un
procedimiento de integración convocado al efecto.
Viernes 24 de marzo de 2023
18121
voluntaria por prestar servicios en el sector público, de conformidad con el artículo 139.1
de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
E
l personal que no opte por la integración mantendrá su régimen de aplicación y sus
puestos serán declarados a amortizar en la correspondiente RPT.
• Puestos vacantes ocupados con carácter provisional por funcionarios de carrera en comisión de servicios: Estos puestos quedarán integrados automáticamente en el régimen
del EPIF, quedando condicionado el mantenimiento de la comisión de servicios correspondiente al cumplimiento de los requisitos exigibles.
• Puestos vacantes u ocupados por funcionarios interinos o personal laboral indefinido no
fijo: Estos puestos se integrarán directamente en el régimen estatutario, no obstante
respecto del personal ocupante de los mismos cabe distinguir:
–P
ersonal funcionario interino por sustitución de funcionario de carrera con reserva de
puesto de trabajo: Este personal quedará sujeto a la opción que adopte el funcionario
de carrera sustituido en relación a la integración.
–P
ersonal funcionario interino en puesto vacante: Este personal se integrará directamente en el régimen del EPIF siempre que cumpla con los requisitos exigibles, manteniendo en todo caso su naturaleza temporal.
–P
ersonal laboral indefinido no fijo adscrito a puestos de personal funcionario: Este
personal mantendrá su régimen de aplicación, quedando en consecuencia excluido
del ámbito de aplicación del EPIF, y permaneciendo afecto a los procesos de selección y provisión que se convoquen para la cobertura de los puestos de trabajo de
adscripción.
El CICYTEX acometerá el procedimiento de integración en dos fases, abarcando la primera
los puestos ocupados por funcionarios de carrera con carácter definitivo o en régimen de
comisión de servicios y la segunda aquellos puestos vacantes u ocupados con carácter
temporal por personal funcionario interino o personal indefinido no fijo.
En este sentido, si bien la disposición transitoria cuarta de la Ley 10/2010, de 16 de
noviembre, establece que los puestos desempeñados por personal funcionario interino
quedarán integrados automáticamente en el régimen del EPIF con la entrada en vigor en
este último, lo cual tuvo lugar en fecha 26 de julio de 2022 (DOE n.º 143), la integración
efectiva queda supeditada a la determinación de la concreta escala de adscripción de tales puestos, así como a la comprobación del cumplimiento de los requisitos de titulación
exigibles por parte del funcionario interino ocupante, lo cual tendrá lugar en el seno de un
procedimiento de integración convocado al efecto.