Presidencia De La Junta. Medio Ambiente. (2023010003)
Ley 2/2023, de 22 de marzo, por la que se regulan determinados aspectos de la Red ecológica europea Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023

18008

44. Colonias del cernícalo primilla de la ciudad monumental de Cáceres.
45. Colonias del cernícalo primilla de Garrovillas.
46. Colonias del cernícalo primilla de San Vicente de Alcántara.
47. Magasca.
48. Pinares de Garrovillas.
49. Río y Pinares del Tiétar.
50. Colonias del cernícalo primilla de Casa de la Enjarada.
51. Colonias del cernícalo primilla de Brozas.
52. Colonias del cernícalo primilla de Alburquerque.
53. Colonias del cernícalo primilla de Jaraíz de la Vera.
54. Colonias del cernícalo primilla de Ribera del Fresno.
55. Colonias del cernícalo primilla de Belvís de Monroy.
Artículo 3. Denominación, delimitación y extensión de las 55 Zonas de Especial Protección para las Aves que se declaran.
1. S
 e declaran vigentes, con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y en todo aquello
que no se oponga a lo dispuesto en la misma o haya sido anulado judicialmente, el Decreto
110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red ecológica europea Natura 2000 en
Extremadura, así como las siguientes disposiciones:
— ZEPA-ZEC “Cornalvo y Sierra Bermeja”: Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural
de Cornalvo, aprobado mediante Orden de 22 de enero de 2009.
— ZEPA “Llanos y complejo lagunar de La Albuera” y ZEC “Complejo Lagunar de La Albuera”: Plan de Gestión de la ZEPA “Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera”, aprobado
mediante Orden de 28 de agosto de 2009.
— ZEPA “Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes”: Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona
de Interés Regional “Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes”, aprobado mediante Orden
de 28 de agosto de 2009.