Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060980)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Puesta en riego por goteo de 89,73 ha de olivar", a ubicar en el término municipal de Lobón, cuyo promotor es D. Ángel María Barahona Fernández. Expte.: IA21/0792.
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NÚMERO 57
Jueves 23 de marzo de 2023

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acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
12. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas
e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así
como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán
quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón,
tierras, etc., debiendo proceder a depositarlos según la legislación correspondiente. La
totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
13. Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con su
continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.
14. Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la
maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su
evacuación y tratamiento por gestor autorizado.
15. Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4.3. Medidas en la fase de explotación.
1. S
 e llevará a cabo un uso eficiente y racional del recurso hídrico solicitado, en función de
las necesidades reales del cultivo y las condiciones meteorológicas en cada campaña de
riego.
2. S
 e aconseja el fomento de técnicas de agricultura ecológica, evitando la siega química
con herbicida, procurando el mantenimiento de la cubierta vegetal entre calles y ser
eliminada mediante desbrozadoras con roza al aire (desbrozadora manual o mecánica
acoplada a la toma de fuerza de un tractor), para reducir el riesgo de erosión y pérdida
de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que crecen antes de
que el suelo sea labrado, suponer un recurso para algunas especies fitófagas; y por otra
parte la conservación de estos ecosistemas antrópicos precisa de la continuidad de la
intervención humana sobre el territorio, siempre de manera sostenible.