Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060978)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de características de una concesión de aguas subterráneas para ampliar la superficie de riego en 10,5432 ha, sumando un total de 24,8582 ha", cuyo promotor es D. Francisco Alegre Hernández, en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA20/0319.
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NÚMERO 57
Jueves 23 de marzo de 2023

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14. Se respetarán los drenajes naturales del terreno que atraviesan la zona de actuación.
15. Un posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte de
sólidos a los cauces, por lo que habrá que tomar las medidas necesarias para evitarlo.
16. Con objeto de producir la mínima afección posible a los cursos de agua permanentes o
temporales, vaguadas y terrenos asociados, se prohíbe:


16.1. Efectuar vertidos directos o indirectos que contaminen las aguas.



16.2. A
 cumular residuos sólidos, escombros o sustancias, cualquiera que sea su naturaleza y el lugar en que se depositen, que constituyan o puedan constituir un pliego
de contaminación de las aguas o de degradación de su entorno.



16.3. E
 fectuar acciones sobre el medio físico o biológico al agua que constituyan o puedan constituir una degradación del mismo.

17. Las edificaciones asociadas al proyecto de ejecución deberán cumplir con la normativa vigente en materia urbanística. Se evitarán otros posibles impactos paisajísticos
provocados por depósitos (altura, color) u otros elementos auxiliares como casetas de
riego, recomendándose el uso de materiales acordes con el entorno y la instalación de
pantallas de brezo para su ocultación hasta que la vegetación natural o plantada para
dicho fin, pueda llegar a ocultarlos. Todos los elementos constructivos de las obras
deberán estar perfectamente integrados en el medio.
18. Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios
de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el
proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de préstamos,
acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
19. Para reducir la compactación del suelo y la afección a hábitats y/o vegetación natural,
la maquinaria no circulará fuera de los caminos, salvo cuando la actuación lo precise,
y nunca con el terreno con exceso de humedad.
20. Se mantendrán, en caso de existir, los elementos estructurales del paisaje agrario de
interés para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación natural leñosa, muros
de piedra, majanos, regatos, fuentes, pilones, charcas, etc.).
21. No se contempla en el proyecto cerramiento perimetral de la nueva plantación. En todo
caso, deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por