Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061003)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General de Actuación entre la Junta de Extremadura y la Fundación Casa Misericordia el Pilar de Almendralejo para el funcionamiento de un Centro de Recuperación Conductual y Cuidados Continuados en Almendralejo (Unidad de Atención para Personas con Trastorno de Conducta y Unidad de Atención a Personas en Estado de Mínima Conciencia).
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NÚMERO 57
17817
Jueves 23 de marzo de 2023
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los
derechos digitales (BOE de 6 de diciembre de 2018), así como en la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE de 14 de diciembre de
1999) en la parte no derogada, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el
que se aprueba su reglamento de desarrollo (BOE de 19 de diciembre de 2007).
Esta obligación subsistirá incluso una vez finalizados los trabajos objetos del presente Protocolo General.
Décima. Naturaleza del Protocolo.
El presente Protocolo General se suscribe al amparo de lo previsto en el artículo 47.1, de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido del
ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y no tiene la consideración de convenio, al comportar declaraciones de intención, no suponiendo la formalización
de compromisos jurídicos concretos y exigibles.
Las Partes acuerdan que las cuestiones que puedan surgir en la interpretación y/o cumplimiento del presente Protocolo serán dirimidas en los mecanismos de seguimiento del Protocolo establecidos.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman el presente Protocolo
General.
Mérida, 7 de marzo de 2023.
Por la Fundación Casa Misericordia
el Pilar de Almendralejo,
El Presidente de la
Junta de Extremadura,
FERNANDO PALACIOS GONZÁLEZ
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
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Jueves 23 de marzo de 2023
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los
derechos digitales (BOE de 6 de diciembre de 2018), así como en la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE de 14 de diciembre de
1999) en la parte no derogada, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el
que se aprueba su reglamento de desarrollo (BOE de 19 de diciembre de 2007).
Esta obligación subsistirá incluso una vez finalizados los trabajos objetos del presente Protocolo General.
Décima. Naturaleza del Protocolo.
El presente Protocolo General se suscribe al amparo de lo previsto en el artículo 47.1, de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido del
ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y no tiene la consideración de convenio, al comportar declaraciones de intención, no suponiendo la formalización
de compromisos jurídicos concretos y exigibles.
Las Partes acuerdan que las cuestiones que puedan surgir en la interpretación y/o cumplimiento del presente Protocolo serán dirimidas en los mecanismos de seguimiento del Protocolo establecidos.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman el presente Protocolo
General.
Mérida, 7 de marzo de 2023.
Por la Fundación Casa Misericordia
el Pilar de Almendralejo,
El Presidente de la
Junta de Extremadura,
FERNANDO PALACIOS GONZÁLEZ
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
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