Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061003)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General de Actuación entre la Junta de Extremadura y la Fundación Casa Misericordia el Pilar de Almendralejo para el funcionamiento de un Centro de Recuperación Conductual y Cuidados Continuados en Almendralejo (Unidad de Atención para Personas con Trastorno de Conducta y Unidad de Atención a Personas en Estado de Mínima Conciencia).
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NÚMERO 57
Jueves 23 de marzo de 2023

17816

Esta Comisión de Seguimiento se reunirá, con carácter ordinario, una vez al semestre, y
extraordinariamente, cuantas veces se estime necesario por cualquiera de sus miembros
mediante solicitud que deberá realizarse con una antelación de, al menos, una semana, comunicando los asuntos a tratar.
La Comisión de Seguimiento en su funcionamiento se regirá por lo estipulado para los órganos
colegiados en la Sección Tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Modificación del Protocolo General.
Los términos del presente Protocolo General podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre
las partes suscriptoras. La modificación se incorporará como parte inseparable del texto del
Protocolo General.
Séptima. Vigencia del Protocolo General.
El presente Protocolo General tendrá una vigencia de cuatro años desde su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura pudiendo prorrogarse, en cualquier momento, antes de su
finalización, por el mismo periodo, por acuerdo expreso de las partes.
Octava. Causas de extinción del Protocolo General.
Serán causas de extinción de este Protocolo General, el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en cualquiera de las siguientes causas de resolución:
— El transcurso del plazo de vigencia del Protocolo General sin haberse acordado la prórroga del mismo.
— El acuerdo unánime de todos los firmantes.
— Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Protocolo General.
— Imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que
constituyen su objeto.
— Por cualquier otra causa legalmente establecida.
Novena. Confidencialidad y protección de datos.
Será obligación de las partes, así como del personal que interviene en nombre del mismo,
tomar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y la confidencialidad de los datos
a los que se tenga acceso, de acuerdo con lo establecido en la normativa europea y en la Ley