Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060989)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) denominado Almendral", cuya promotora es Transportes José Miguel y Juan Manuel, SL, en el término municipal de Almendral (Badajoz). Expte.: IA21/0310.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 57
Jueves 23 de marzo de 2023

17914



En ese informe se ha tenido en cuenta lo establecido en:



— El Plan de Manejo de la Grulla Común (Grus grus) en Extremadura (Orden de 22
de enero de 2009 del DOE n.º 22).

— El Plan de Conservación del Hábitat del Águila perdicera (Hieraaetus fasciatus)
(Orden de 25 de mayo del 2015. DOE n.º 107).


Como análisis y valoración ambiental de la actividad, en el informe del SECONAP, se
considera fundamental un manejo correcto de la escasa tierra vegetal presente, ya
que la restauración del frente hace necesario establecer unos criterios mínimos de
gestión de esta capa de tierra fértil. La protección de los cauces frente a la erosión
y el mantenimiento de su vegetación de ribera autóctona asociada son actuaciones
también prioritarias en este tipo de proyectos. La explanada que se generará, con
una ligera pendiente del 1% descendente hacia el este de la explotación, coincidente
con el cauce del Arroyo de las Navas, por lo que se deberán poner en marcha cuantas
medidas sean necesarias para que las escorrentías procedentes de la explotación no
causen afección a sus aguas.



Las labores de restauración, al finalizar la fase de explotación, tienen como fin la recuperación de las prácticas agrícolas. Se pondrá especial cuidado en la restauración
del hábitat presente designado como prioritario, como de aquellos de interés para la
conservación de la avifauna vinculada a ambientes riparios. Se deberá trabajar en la
recuperación y mantenimiento de la superficie de pastizal, con sistemas de drenaje,
pendientes suaves y suelos fértiles bien restituidos.



Las medidas preventivas, correctoras y complementarias establecidas en este informe del SECONAP de la Dirección General de Sostenibilidad, se han tenido en cuenta
e integrado en el apartado de medidas preventivas, correctoras y complementarias
de este informe.



— La Confederación Hidrográfica del Guadiana (en adelante, CHG) con fecha 29 de
septiembre de 2021 informó, en un primer momento, que dado que el arroyo de las
Navas, el cual constituye parte del Dominio Público Hidráulico (DPH) del Estado definido según el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), discurre a unos 100
m al este de la zona de explotación propuesta, no se preveía afección física alguna a
cauces que constituyeran el DPH del Estado, ni a las zonas de servidumbre (5 m de
anchura) y zona de policía (100 m de anchura), estos últimos terrenos (márgenes)
lindantes con los cauces en su extensión longitudinal, definidos por los artículos 6 y
7 del Reglamento del DPH, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.