Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060989)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) denominado Almendral", cuya promotora es Transportes José Miguel y Juan Manuel, SL, en el término municipal de Almendral (Badajoz). Expte.: IA21/0310.
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NÚMERO 57
Jueves 23 de marzo de 2023
17910
También se ha previsto un Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) para garantizar el
cumplimiento de las medidas contenidas en los Informes de Impacto Ambiental, la permanencia de la actividad dentro de los límites legales y la detección de impactos no previstos
para aplicar las medidas correctoras oportunas. En este sentido, se han seleccionado determinados parámetros fácilmente cuantificables y representativos del sistema, recogidos
en una secuencia temporal que abarca desde la preparación del proyecto, hasta su clausura, pasando por la explotación del mismo. Según los resultados que se vayan obteniendo,
se revisarán los postulados previos de corrección de impactos, para ir introduciendo las
actuaciones o nuevos procesos que se estimen necesarios.
Además, se incluye un plan de gestión de los residuos generados por la actividad, de
acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 777/2012, de 4 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por las actividades
mineras, y en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, punto 1 del anexo XI.
No se van a realizar operaciones de reparación y mantenimiento de maquinaria, ya que
las mismas se harán en talleres homologados quienes gestionarán los residuos que se
generen. En caso de generarse residuos no peligrosos, se almacenarán en un lugar habilitado de la explotación, y desde aquí se trasladarán a Almendral y se gestionarán de forma
adecuada en función de su tipología, generalmente mediante depósito clasificado en los
contenedores municipales.
Los residuos inertes procedentes de la explotación se estiman en 7000 m3 al año, del tipo
“Montera superior, media o inferior y recursos extractivos no aptos para uso comercial”,
Tabla A (Anexo I, Real Decreto 777/2012), Código LER 01 01 02, que serán acopiados
adecuadamente en montones de hasta 2 m, hasta su uso en las labores de restauración,
actuando también como pantalla visual. También se ha estimado en 0,7 m3 al año, los
residuos generables del tipo envases de plástico (HP 14, según anexo I de la Ley 7/2022,
15 01 02, según caracterización establecida por la Decisión 2014/955/UE) y envases de
cartón (15 01 01, según caracterización establecida por la Decisión 20014/955/UE), que se
almacenaran de forma separada en lugar habilitado y desde allí se transportaran periódicamente y depositaran en contenedores municipales de recogida selectiva de residuos del
municipio de Almendral.
El periodo de explotación planteado en el proyecto será de 20 años en total, incluyendo las
labores de restauración, condicionado a las obras que pueda abastecer. Todas las medidas
previstas serán progresivas, es decir, se realizarán de forma continuada con objeto de
minimizar los impactos tanto previstos como no previstos, y garantizar la rápida restau-
Jueves 23 de marzo de 2023
17910
También se ha previsto un Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) para garantizar el
cumplimiento de las medidas contenidas en los Informes de Impacto Ambiental, la permanencia de la actividad dentro de los límites legales y la detección de impactos no previstos
para aplicar las medidas correctoras oportunas. En este sentido, se han seleccionado determinados parámetros fácilmente cuantificables y representativos del sistema, recogidos
en una secuencia temporal que abarca desde la preparación del proyecto, hasta su clausura, pasando por la explotación del mismo. Según los resultados que se vayan obteniendo,
se revisarán los postulados previos de corrección de impactos, para ir introduciendo las
actuaciones o nuevos procesos que se estimen necesarios.
Además, se incluye un plan de gestión de los residuos generados por la actividad, de
acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 777/2012, de 4 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por las actividades
mineras, y en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, punto 1 del anexo XI.
No se van a realizar operaciones de reparación y mantenimiento de maquinaria, ya que
las mismas se harán en talleres homologados quienes gestionarán los residuos que se
generen. En caso de generarse residuos no peligrosos, se almacenarán en un lugar habilitado de la explotación, y desde aquí se trasladarán a Almendral y se gestionarán de forma
adecuada en función de su tipología, generalmente mediante depósito clasificado en los
contenedores municipales.
Los residuos inertes procedentes de la explotación se estiman en 7000 m3 al año, del tipo
“Montera superior, media o inferior y recursos extractivos no aptos para uso comercial”,
Tabla A (Anexo I, Real Decreto 777/2012), Código LER 01 01 02, que serán acopiados
adecuadamente en montones de hasta 2 m, hasta su uso en las labores de restauración,
actuando también como pantalla visual. También se ha estimado en 0,7 m3 al año, los
residuos generables del tipo envases de plástico (HP 14, según anexo I de la Ley 7/2022,
15 01 02, según caracterización establecida por la Decisión 2014/955/UE) y envases de
cartón (15 01 01, según caracterización establecida por la Decisión 20014/955/UE), que se
almacenaran de forma separada en lugar habilitado y desde allí se transportaran periódicamente y depositaran en contenedores municipales de recogida selectiva de residuos del
municipio de Almendral.
El periodo de explotación planteado en el proyecto será de 20 años en total, incluyendo las
labores de restauración, condicionado a las obras que pueda abastecer. Todas las medidas
previstas serán progresivas, es decir, se realizarán de forma continuada con objeto de
minimizar los impactos tanto previstos como no previstos, y garantizar la rápida restau-