Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060987)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Parque acuático", cuya promotora es DAIMDON, SL, en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA22/0958.
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NÚMERO 56
Miércoles 22 de marzo de 2023

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— Paisaje.
El parque acuático se ubicará en un área antropizada, encontrándose al este aproximadamente a 1 km la localidad de Casar de Cáceres, discurriendo en su margen oeste a
unos 112 m la N-630, en la margen sur la CC-100 a unos 300 m y en la margen norte
el Camino de las Navas, que va desde la N-630 hasta conectar con la C-322 que se
encuentra a unos 600 m. Además, en su periferia inmediata se encuentran varias importantes urbanizaciones al sur y suroeste, así como otras construcciones recreativas y
otras construcciones asociadas a uso agropecuario. Es una zona compuesta por campos
de cultivos de secano, donde escasea la vegetación arbórea, apareciendo únicamente
algún pie aislado.
La afección sobre el paisaje durante la fase de construcción es la producida por la modificación morfológica del terreno, la presencia de la maquinaria, vehículos pesados,
casetas de obras, etc. Por ello, se producirá una alteración en el paisaje por cambio de
la percepción cromática, eliminación de vegetación e intrusión de elementos extraños
al medio. Esta variación en el paisaje será percibida en las partes más cercanas del
emplazamiento.
Durante la fase de funcionamiento, la mayor incidencia viene dada por la presencia del
propio parque, al introducir un elemento artificial sobre el paisaje actual, este impacto
no será significativo por el nivel de antropización que presenta la zona.
Para mitigar el impacto producido por la aparición del conjunto del proyecto, se adoptarán medidas correctoras, así como, se instalará para minimizar el impacto visual, una
barrera vegetal entorno al parque que será de alto porte.
— Patrimonio arqueológico.
Según el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural,
el informe arqueológico INT/2022/275, en el que se detallan los resultados de la prospección arqueológica intensiva para proyecto básico de parque acuático, el resultado de
la prospección ha sido negativo en cuanto a la presencia de elementos arqueológicos
constatables en superficie, aun así, dada la cercanía de la instalación prevista respecto a
numerosos elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por
la zona de estudio, con vistas a la protección del patrimonio arqueológico no detectado
durante los trabajos previos y que pudiera verse afectado por el proceso de ejecución de
las obras, se adoptarán por la empresa adjudicataria las medidas correctoras indicadas
en el informe mencionado anteriormente.
En cuanto al patrimonio etnológico, en la prospección realizada, se han registrado algunos testimonios de la arquitectura tradicional, así como una alberca, un pozo y un