Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060987)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Parque acuático", cuya promotora es DAIMDON, SL, en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA22/0958.
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NÚMERO 56
Miércoles 22 de marzo de 2023

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Los principales impactos potenciales sobre la vegetación derivados de la construcción del
parque son los desbroces y eliminación de vegetación, con lo cual para este proyecto al
darse en una zona dedicada al pastoreo y respetar los pies de encinas o incorporarlos al
parque, el impacto sobre la vegetación será prácticamente nulo.
Por otro lado, el EsIA establece una serie de medidas necesarias para minimizar la posible afección a la vegetación.
— Fauna.
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, en la superficie de actuación no existe
presencia de especies de fauna amenazada.
Durante la fase de obras se puede producir la afección a la fauna como consecuencia de
la pérdida, fragmentación y alteración de hábitats por la ocupación de la superficie para
la construcción de las infraestructuras proyectadas. La presencia de operarios actuando
en la zona ahuyente a los animales, éstos pueden sufrir atropellos por parte de la maquinaria y caídas en las zanjas, etc.
Así mismo, se es­tablecen una serie de medidas, destinadas a proteger a la fauna de los
peligros derivados de la construcción del proyecto.
— Áreas protegidas.
El informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad indica que, la actividad solicitada no se encuentra dentro
de los límites de ningún espacio incluido en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura
(Red Natura 2000 y Espacio Natural Protegido).
No obstante, la actividad solicitada se encuentra a 2.000 metros del lugar de la Red Natura 2000, Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA): Llanos de Cáceres y Sierra
de Fuentes, y Zona de Interés Regional (ZIR): “Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes”
(Orden de 28 de agosto de 2009 por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión
de la ZIR “Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes”. DOE n.º 177 del 14 de septiembre de
2009). Si bien hemos de considerar que, estos lugares de la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura, se encuentran al otro extremo de la localidad de Casar de Cáceres, que
hace de barrera física entre las parcelas donde se pretende instalar el centro acuático y
la ZIR-ZEPA.
Concluyendo el informe que, la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma
apreciable, directa o indirectamente, a los lugares incluidos en Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas.