Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060987)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Parque acuático", cuya promotora es DAIMDON, SL, en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA22/0958.
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NÚMERO 56
Miércoles 22 de marzo de 2023



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1.2. Alternativa 1.

Situada en las inmediaciones de la localidad de Cáceres, fuera del núcleo urbano. Esta
alternativa valora 3 áreas de Cáceres.


1. Contempla ubicar el parque en los terrenos pertenecientes a Cáceres, concretamente en el área sureste que corresponde con la Zona de la Virgen de la Montaña,
Portanchito, Calerizos Bajos, Solana Baja y Cuerdas de Cotallo hasta la carretera
EX-206, la cual presenta multitud de inconvenientes como: zonas de elevada pendiente, pertenencia a ZEPA, poca disponibilidad del terreno, recarga de acuíferos,
calerizo, impacto visual, entre otros.



2. Área sur, que corresponde a la zona limitada por la carretera a Miajadas EX-206
hasta la Nacional N-521 en los parajes: Dehesa de los Caballos, Alcor de Santa
Ana, carretera Valdesalor, Corchuela y el Junquillo, donde de igual forma la matriz
de impacto de las unidades ambientales y la matriz de aptitud sobre estas mismas
unidades ambientales no resulta positivo.



3. Área noroeste que limita la N-521 con el entroncamiento de la A-66 con la N-630
al norte del Polígono industrial de las Capellanías en los parajes: Los Arenales,
Conejero, Capellanías, Marradas del Burro y Santo Toribio. Aunque existían aspectos positivos existían otros ambientales y sociales que limitan la localización.



1.3. Alternativa 2.

Norte de Casar de Cáceres, los parajes estudiados ambientalmente se engloban en
Viñas Ejido Bajas, Aceras, Encarnación y Cervantes, del término municipal del Casar
de Cáceres. Queda limitada en algunas áreas por la necesidad del uso y acceso de la
Cañada de ganados. De igual forma Casar de Cáceres está muy ligado a la actividad ganadera y alimentaria, por lo que, una actividad de este tipo lúdico, en las zonas estudiadas, pudiera poner en vulnerabilidad este factor ambiental. El factor fauna y avifauna
también ha sido el factor que se compatibilizaría menor con la actuación programada.
La distancia de ubicación de la actuación al embalse del Casar de Cáceres, como factor
agua, limitaba la actuación, con todo lo que lleva asociado, en cuanto comunidades
faunísticas y a su fuerte dependencia de biotopos, por lo que la alternativa estudiada es
menos valorada en la matriz de datos.


1.4. Alternativa 3.

Esta alternativa comprende la ubicación del parque acuático al oeste de Casar de Cáceres, en área en concreto que limita la CC-100 por el sur, la N-630 por el oeste y la