Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2023060912)
Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Secretaría General, de convocatoria de ayudas a las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza de Extremadura para la realización de actuaciones o giras fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el año 2022.
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NÚMERO 55
Martes 21 de marzo de 2023

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• Haber desarrollado la actividad profesional acorde a la naturaleza de la subvención, de
forma ininterrumpida durante el año 2022 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que se acreditará mediante certificado de situación de actividades econó­
micas del solicitante.
Quinto. Gastos subvencionables.
1. Son gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza
de una actuación o gira de una producción realizada de teatro, danza o música, fuera de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, que resulten estrictamente necesarios y se hayan
realizado durante el ejercicio 2022.
A estos efectos se consideran gastos subvencionables los siguientes:
• Gastos de transporte (tanto de los miembros de la compañía como de la escenografía,
atrezo, vestuario y elementos técnicos necesarios para realizar la representación).
• Gastos de personal (sueldos y seguros sociales de actores y técnicos).
• Dietas y kilometraje de actores y técnicos.
• Otros gastos directamente relacionados con la realización de la actuación o gira fuera de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior
al valor de mercado.
Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales
y registrales y los gastos periciales para la realización de la actividad realizada y los de
administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con
la actuación o gira realizada y hayan sido indispensables para la adecuada preparación o
ejecución de la misma.
2. En ningún caso serán gastos subvencionables:
• Los intereses deudores de las cuentas bancarias
• Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
• Los gastos de procedimientos judiciales.
Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona
efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indi­