Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ganadería. Ayudas. (2023060939)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, para el ejercicio 2023: "Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero"
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NÚMERO 55
Martes 21 de marzo de 2023

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regulador de las bases y los criterios específicos de concesión de las ayudas establecidas
en el artículo 20, sección tercera, del capítulo II de dicho decreto, a fin de establecer una
prelación entre las mismas y conforme a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
2. E
 l procedimiento se inicia de oficio mediante esta Resolución de la Secretaría General de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, que será publicada en el
Diario Oficial de Extremadura, junto con el extracto de la misma.
La convocatoria será también objeto de publicación en el Portal de Subvenciones de la Junta
de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 6/2011, y en el
Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con el artículo 11 de
la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. El Portal de Subvenciones está ubicado en la sede electrónica corporativa.
Asimismo y conforme al artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 16 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura en la redacción dada por Ley 8/2019, de 5 de abril, para una
Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, es obligada la publicidad de la convocatoria y del extracto de la misma, obtenida por conducto de la Base de
Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante esta el texto de la
convocatoria y la información requerida para su publicación.
Además, se accederá a la información anteriormente citada a través del Portal del Ciudadano en el siguiente enlace: https://ciudadano.gobex.es/ de conformidad con el Decreto
225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de la administración electrónica de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Séptimo. Solicitud de la ayuda.
1. E
 l plazo de presentación de solicitudes de ayuda será un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución de convocatoria y del extracto de la misma en
el Diario Oficial de Extremadura.
2. L
 a solicitud se realizará mediante el anexo I que se cumplimentará a través de Internet,
en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación
informática “ARADO”). Una vez cumplimentada, para el registro de la solicitud por vía
telemática se deberá disponer de firma electrónica, la cual podrá obtenerse en la página
http://www.cert.fnmt.es/.