Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ganadería. Ayudas. (2023060939)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, para el ejercicio 2023: "Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero"
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NÚMERO 55
Martes 21 de marzo de 2023



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2. P
 restar las actividades objeto de la subvención desde centros de trabajo situados en
España.



3. C
 ontribuir a la creación y mantenimiento en España de todo el empleo necesario para
la prestación de la actividad objeto de la subvención, que se realizará con personal
contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento
de este requisito tendrá que justificarse documentalmente.

3. L
 as beneficiarias últimas de las ayudas garantizarán el cumplimiento del principio de «no
causar daño significativo al medio ambiente» (principio do no significant harm - DNSH), de
acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado
por Consejo de Ministros del 27 de abril de 2021, y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y demás normativa de
desarrollo, así como en la Decisión de Ejecución del Consejo Europeo de 13 de julio de
2021, por la que se aprueba el citado Plan, y con la Comunicación de la Comisión Guía
técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud
del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia 2021/C 58/01 (DOUE
de 18 de febrero de 2021), durante todas las fases del diseño y ejecución del proyecto de
que se trate y, de manera individual, para cada actividad dentro del mismo.
En particular, las personas beneficiarias habrán de mostrar garantías de que sus actuaciones no inciden negativamente sobre el objetivo medioambiental de la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.
4. D
 e conformidad con lo dispuesto en los apartados 4 y 5 del artículo 31 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, se establece que el período mínimo, a contar desde la fecha de adquisición del bien o la ejecución de las inversiones, durante el cual las personas beneficiarias
últimas deberán destinar los bienes subvencionados al fin concreto para el que se conceden
las subvenciones de este decreto será de cinco años.
5. L
 a solicitud de la ayuda podrá contemplar la adquisición de una, o varias licencias de software, máquinas y/o equipos nuevos de entre los contenidos en el anexo X del Decreto
26/2022.
6. L
 a solicitud de la ayuda deberá acompañarse de una memoria descriptiva del proyecto de
inversión que incluirá, como mínimo:
a) Evaluación por un técnico cualificado de la compatibilidad de la maquinaría con las tecnologías presentes en la explotación.
b) Número de potenciales usuarios y hectáreas o cabezas de ganado.