Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2023IN0001)
Instrucción 1/2023, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre tramitación de instalaciones de autoconsumo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 55
Martes 21 de marzo de 2023

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— Decreto 179/2016, de 8 de noviembre, por el que se crea el Registro de instalaciones
de producción de energía eléctrica de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se
establece el procedimiento de inscripción en dicho Registro.
— Resolución de 22 de julio de 2022 la Dirección General de Energía y Minas, por la que se
regulan los procedimientos de “Comunicación para inscripción al registro administrativo
de autoconsumo de energía eléctrica” y “Respuesta de la empresa distribuidora a la solicitud de autoconsumo, de instalaciones conectados en baja tensión y potencia instalada
menor o igual de 100 kW”, se publican los modelos de formularios y su disponibilidad
para tramitación por medios electrónicos.
— Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,
que modifica la Resolución de 31 de octubre de 2017 y se añade el anexo 16: “Ficha
técnica descriptiva: Instalaciones eléctricas de baja tensión. Instalaciones de generación eléctrica conectadas en baja tensión, destinadas a autoconsumo. Potencia inferior
o igual a 100 kW”.
— Resolución de 20 de junio de 2022, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento de “Autorización de explotación para la emisión del acta de puesta
en servicio de instalaciones del sector eléctrico o de los sectores de gases combustibles
canalizados” y se publica el modelo de formulario asociado a la tramitación. Procedimiento CIP 5873.
— Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección General de Industria, Energía y
Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos, del procedimiento de “Inscripción en el Registro de instalaciones de producción
de energía eléctrica de la Comunidad Autónoma de Extremadura” y se publica el modelo
de formulario asociado a la tramitación.
4. Tipología de instalaciones.
De acuerdo con las modalidades de autoconsumo establecidas en el artículo 4 del Real
Decreto 244/2019, de 5 de abril, se pueden dar las siguientes tipologías de instalaciones:
4.1. Instalaciones de autoconsumo conectadas sin excedentes:
Aquellas instalaciones de autoconsumo, tanto individuales como colectivas, conectadas
a la red eléctrica interior del consumidor, que disponen de un sistema anti-vertido que
impide la inyección de electricidad a la red de distribución o transporte. Las instalaciones
desconectadas de la red mediante dispositivos interruptores o equivalentes (instalaciones