Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2023060594)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023
17066
1. Criterios de valoración y ponderación de la entidad solicitante. Máximo 8 puntos.
a) En función del número de habitantes donde la entidad esté domiciliada a fecha 1 de
enero del ejercicio de la convocatoria: máximo 2 puntos.
Hasta 2.000 habitantes: 2 puntos.
De 2.001 a 10.000 habitantes: 1,5 puntos.
Más de 10.000 habitantes: 1 punto.
b) Número de personas asociadas: máximo 2 puntos. Dicho extremo será comprobado
de oficio por el Instituto de la Juventud conforme a datos obrantes en el Registro de
Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, creado por
Decreto 27/2010, de 26 de febrero. La puntuación se otorgará conforme al siguiente
desglose:
Hasta 50 socios/as: 1 punto.
Más de 50 socios/as: 2 puntos.
c) Experiencia de la entidad en la realización de proyectos dirigidos a la juventud en Extremadura de similar contenido programático realizados durante los últimos cuatro años,
indicados en el anexo IV: máximo 2 puntos.
Se valorará 0,5 puntos por cada proyecto igual o similar.
De tratarse de sucesivas ediciones del mismo proyecto se valorará con 0,5 puntos, independientemente del número de ediciones.
La experiencia indicada en el anexo IV se acreditará a través de un certificado de las
entidades públicas o privadas para las que se hayan realizado los proyectos.
d) Innovación en la realización de proyectos dirigidos a la juventud en Extremadura, indicados en el anexo IV: máximo 2 puntos.
Se valorarán las actuaciones innovadoras y creativas en los siguientes términos:
Si se considera innovador en el ámbito estatal: 2 puntos.
Si se considera innovador en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura: 1,5
puntos.
Si se considera innovador en el ámbito local: 1 puntos.
Lunes 20 de marzo de 2023
17066
1. Criterios de valoración y ponderación de la entidad solicitante. Máximo 8 puntos.
a) En función del número de habitantes donde la entidad esté domiciliada a fecha 1 de
enero del ejercicio de la convocatoria: máximo 2 puntos.
Hasta 2.000 habitantes: 2 puntos.
De 2.001 a 10.000 habitantes: 1,5 puntos.
Más de 10.000 habitantes: 1 punto.
b) Número de personas asociadas: máximo 2 puntos. Dicho extremo será comprobado
de oficio por el Instituto de la Juventud conforme a datos obrantes en el Registro de
Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, creado por
Decreto 27/2010, de 26 de febrero. La puntuación se otorgará conforme al siguiente
desglose:
Hasta 50 socios/as: 1 punto.
Más de 50 socios/as: 2 puntos.
c) Experiencia de la entidad en la realización de proyectos dirigidos a la juventud en Extremadura de similar contenido programático realizados durante los últimos cuatro años,
indicados en el anexo IV: máximo 2 puntos.
Se valorará 0,5 puntos por cada proyecto igual o similar.
De tratarse de sucesivas ediciones del mismo proyecto se valorará con 0,5 puntos, independientemente del número de ediciones.
La experiencia indicada en el anexo IV se acreditará a través de un certificado de las
entidades públicas o privadas para las que se hayan realizado los proyectos.
d) Innovación en la realización de proyectos dirigidos a la juventud en Extremadura, indicados en el anexo IV: máximo 2 puntos.
Se valorarán las actuaciones innovadoras y creativas en los siguientes términos:
Si se considera innovador en el ámbito estatal: 2 puntos.
Si se considera innovador en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura: 1,5
puntos.
Si se considera innovador en el ámbito local: 1 puntos.