Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Apicultura. Ayudas. (2023050063)
Orden 15 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Extremadura.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

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3.º R
 epoblar las colmenas en la Unión Europea, incluso mediante la cría de abejas;



4.º R
 acionalizar la trashumancia;



5.º I nversiones en activos materiales e inmateriales.

c) Acciones destinadas a los laboratorios en el análisis de productos apícolas, para evitar
la pérdida de abejas o las caídas en la productividad, y de sustancias potencialmente
tóxicas para las abejas.
d) Acciones para preservar o aumentar el número de colmenas existentes en la Unión Europea, incluida la cría de abejas.
e) Colaboración con organismos especializados con vistas a la aplicación de programas
de investigación en el sector de la apicultura y los productos apícolas, a través de la
financiación de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos,
en el desarrollo de las medidas de cooperación con organismos especializados para la
creación de programas de investigación aplicada en el sector apícola, en el marco de su
normativa específica.
f) Promoción, comunicación y comercialización, incluidas acciones y actividades de vigilancia del mercado destinadas, en particular, a concienciar a los consumidores y consumidoras sobre la calidad de los productos apícolas.
g) Acciones para aumentar la calidad de los productos.
Artículo 4. Personas beneficiarias y requisitos.
Serán personas beneficiarias de las ayudas contempladas en la presente orden, sin perjuicio
de las condiciones especificadas para cada medida:
1. L
 as personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones apícolas, incluidas las de titularidad compartida, contempladas en la Ley 35/2011, de
4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que reúnan las
siguientes condiciones:
a) Ser titular de una explotación apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Tener inscritas las colmenas de su explotación en el Registro de Explotaciones Agrarias
(Sector Apícola) de la Consejería competente en materia de agricultura y llevar realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año de la presentación de
la solicitud de ayuda, a excepción de quienes hubieran iniciado la actividad a través