Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Subvenciones. (2023060927)
Extracto de la Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General, de convocatoria del Programa II de subvenciones para el Plan de impulso de las entidades de economía social de Extremadura para el ejercicio 2023.
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Lunes 20 de marzo de 2023

máximo de 1.000 euros, y se subvencionarán, cuando sean efectivamente suscritas y
desembolsadas, las aportaciones al capital social con un máximo de 2.250,00 euros),
actualización de sus estatutos sociales cuando sea preceptivo (se subvencionará el
100% de la inversión, sin IVA, de los servicios profesionales de consultoría, con un
máximo de 1.000,00 euros), así como para la liquidación y extinción de la entidad (se
subvencionará 100% de la inversión, sin IVA, de los servicios profesionales de consultoría con un máximo de 2.000,00 euros).
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 38/2022, de 12 de abril, de bases reguladoras de subvenciones para el Plan de impulso de las entidades de economía social de Extremadura y primera convocatoria para el
ejercicio 2022 (DOE núm. 99, de 25 de mayo 2022).
Cuarto. Financiación.
El importe del crédito destinado a esta convocatoria será de 40.000,00 euros, con cargo al
Proyecto de Gasto 20220367 “Plan de Impulso a la Economía Social. Programas I y II”, con
cargo a la aplicación presupuestaria 120100000 G/325A/47000 CAG0000001, a ejecutar en
la anualidad 2023.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos
con la administración competente para la tramitación de las presentes subvenciones.
Las solicitudes de subvención y de abono estarán disponibles en el portal web de información
al ciudadano de la Junta de Extremadura www.juntaex.es, donde se encontrarán también el
anexo II de justificación y el anexo IV con las condiciones de difusión y publicidad y se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica
de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
en los términos del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 10 de marzo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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