Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Subvenciones. (2023060927)
Extracto de la Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General, de convocatoria del Programa II de subvenciones para el Plan de impulso de las entidades de economía social de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

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EXTRACTO de la Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría
General, de convocatoria del Programa II de subvenciones para el Plan de
impulso de las entidades de economía social de Extremadura para el ejercicio
2023. (2023060927)
BDNS(Identif.): 681778
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.gob.es).
Primero. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las sociedades cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción extremeñas.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no podrán ser beneficiarias las cooperativas
de crédito y las de seguros, así como las entidades cuya actividad se corresponda con las
propias de las empresas de trabajo temporal o agencias de colocación.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las subvenciones para el Programa II de
las subvenciones para el Plan de impulso de las entidades de la economía social en Extremadura con la finalidad modernizar sus estructuras técnicas y administrativas. El Programa II
tiene dos líneas de subvención:
— Línea 1: Consultoría para modernización.
Será subvencionable la contratación de servicios externos de consultoría para la elaboración del Plan de Igualdad o la obtención de sellos de calidad, con la finalidad la
modernización de las estructuras de la entidad para alcanzar objetivos de igualdad y de
calidad. En este caso se subvencionará el 100% de la inversión, sin IVA, con una cuantía
máxima de 1.000,00 euros.
— Línea 2: Consultoría para tareas de registro.
Será subvencionable la contratación de servicios externos de consultoría y auditoría
para tareas relativas a los Registros a los que pertenezcan las entidades en los trámites
de constitución o transformación en entidades de la economía social (se subvencionará
el 100% de la inversión, sin IVA, de los servicios profesionales de consultoría, con un