Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060810)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU, Desarrollo de Proyectos TIC" en el primer semestre del ejercicio 2023.
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NÚMERO 53
Viernes 17 de marzo de 2023

16692

Cuarta. Obligaciones de las partes.
En virtud del presente convenio, las partes se comprometen a:
1. H
 acer constar las señas de identidad de la Junta de Extremadura y de FEVAL-Gestión de
Servicios SLU, en cuantas actuaciones de difusión pública se realicen en el desarrollo de
las actuaciones amparadas por este convenio. Las partes se comprometen a realizar esta
mención en cualquier referencia pública que se produzca en relación al Convenio.
2. L
 as partes firmantes del presente convenio se comprometen a cumplir con la normativa
comunitaria en materia de gestión y ejecución de programas cofinanciados con Fondos Europeos, así como de las obligaciones de información y publicidad previstas en la normativa
comunitaria que le resulte aplicable.
Quinta. Ejecución del proyecto y plazo y forma de justificar la transferencia específica.
La fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 30 de junio de 2023, sin perjuicio
de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de este Convenio
puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que se haya incurrido desde el
1 de enero de 2023.
El plazo y la forma de justificar la ejecución del proyecto, deberá realizarse conforme a lo
recogido en la cláusula sexta y en las instrucciones contenidas en el Anexo III del presente
Convenio.
La entidad FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo
establecido en el presente Convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas
a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
Asimismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las instrucciones indicadas en el Anexo III del presente Convenio, que estarán a disposición de la Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero y de
los órganos de control de la Unión Europea durante un plazo de tres años a partir del 31 de
diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de
la operación en los términos del artículo 140 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, en tanto
puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.