Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060810)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU, Desarrollo de Proyectos TIC" en el primer semestre del ejercicio 2023.
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NÚMERO 53
Viernes 17 de marzo de 2023
16741
En los costes del personal que desarrolle sus funciones en varios proyectos/actividades, se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como el criterio para su
correcta imputación al programa, proporcionando evidencias relativas a la dedicación efectiva.
En el caso de contratar personal nuevo para la prestación de sus servicios en esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades y no discriminación y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
Cuando se realicen finiquitos por finalización del servicio contratado, por renuncia o despido del empleado, no se tendrán en cuenta a efecto de gasto transferencia, dado que estos
gastos no responden a la ejecución de las actuaciones objeto de la operación y no son
gastos que se genere por trabajo efectivo desempeñado por los empleados.
B) Memoria técnica:
Se deberá presentar la memoria técnica donde se describan las actuaciones realizadas
junto con el desglose por actividades y sus costes y que deberá contener una relación
pormenorizada de las actividades y eventos realizados, los objetivos que se persiguen con
cada uno junto con el dosier fotográfico que incluya la publicidad de cada uno de ellos.
La memoria técnica deberá presentarse antes del 31 de septiembre del 2023 tal y como se
establece en la cláusula sexta del convenio.
2. Formalidades que debe cumplir la documentación justificativa.
Formas de pago.
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican a continuación:
— Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
— Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
— Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
— Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe
indicado en el documento de gasto.
Viernes 17 de marzo de 2023
16741
En los costes del personal que desarrolle sus funciones en varios proyectos/actividades, se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como el criterio para su
correcta imputación al programa, proporcionando evidencias relativas a la dedicación efectiva.
En el caso de contratar personal nuevo para la prestación de sus servicios en esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades y no discriminación y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
Cuando se realicen finiquitos por finalización del servicio contratado, por renuncia o despido del empleado, no se tendrán en cuenta a efecto de gasto transferencia, dado que estos
gastos no responden a la ejecución de las actuaciones objeto de la operación y no son
gastos que se genere por trabajo efectivo desempeñado por los empleados.
B) Memoria técnica:
Se deberá presentar la memoria técnica donde se describan las actuaciones realizadas
junto con el desglose por actividades y sus costes y que deberá contener una relación
pormenorizada de las actividades y eventos realizados, los objetivos que se persiguen con
cada uno junto con el dosier fotográfico que incluya la publicidad de cada uno de ellos.
La memoria técnica deberá presentarse antes del 31 de septiembre del 2023 tal y como se
establece en la cláusula sexta del convenio.
2. Formalidades que debe cumplir la documentación justificativa.
Formas de pago.
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican a continuación:
— Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
— Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
— Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
— Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe
indicado en el documento de gasto.