Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2023ED0005)
Edicto de 28 de febrero de 2023 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Carrascalejo para la delegación de la gestión y recaudación de los tributos locales.
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NÚMERO 51
Miércoles 15 de marzo de 2023

16226

En cuanto a la suspensión, fraccionamiento y aplazamiento de pago de las deudas tributarias,
tanto en periodo voluntario como ejecutivo, se estará a lo dispuesto en la correspondiente
Ordenanza General del OARGT.
Los recursos económicos cuya gestión y/o recaudación se encomienden al OARGT deberán
estar convenientemente identificados, siendo datos imprescindibles a aportar por el Ayuntamiento delegante al menos los siguientes:
— Nombre y apellidos o razón social.
— NIF/CIF completo y correcto.
— Domicilio fiscal completo del sujeto pasivo (al menos: nombre de la vía, número del
portal o punto kilométrico, escalera, piso, puerta, provincia, municipio, y pedanía –en
su caso-).
— Concepto, importe de la deuda y periodo a que se refiere, quedando el OARGT exonerado de toda responsabilidad en las deudas que no cumplan estos requisitos.
Sexta. Colaboración del ayuntamiento en la gestión tributaria.
En la idea de reforzar las actuaciones que el OARGT, debe realizar al tener delegada la gestión
tributaria del IBI y del IAE, el Ayuntamiento a través de sus servicios fiscales, se compromete
a colaboraren las siguientes actuaciones:
a) En el IBI, básicamente en toma de datos de valores desconocidos, sin domicilio, etc.
Asimismo, se compromete a la entrega periódica en soporte magnético de todas las
plusvalías liquidadas en el Ayuntamiento como consecuencia de las transmisiones de
dominio de terrenos urbanos o Urbanizables.
b) En el IAE, básicamente en el envío de documentos referentes a la licencia de apertura
de nuevos establecimientos: comerciales, industriales y de profesionales, etc.
c) En las tasas, el Ayuntamiento comunicará al OARGT las bajas y altas censales, comprobará la correcta titularidad de las referencias censales y, en las que proceda, aportará los
consumos y datos necesarios para la liquidación. Para ello dispondrá de accesos al aplicativo informático del OARGT, y usará esta vía como canal de comunicación preferente.
Séptima. Procedimiento de apremio.
En la tramitación del procedimiento de apremio se seguirán las prescripciones de la normativa
que en cada momento la regule: el Reglamento General de Recaudación, la Instrucción de