Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060820)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación porcina en régimen extensivo, solicitado por Óscar Carretero Nieto en el término municipal de Feria.
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NÚMERO 50
Martes 14 de marzo de 2023

15799

— Programa de vigilancia ambiental.
1. E
 l promotor deberá disponer de un programa de vigilancia ambiental que deberá contener, al menos, un informe anual sobre el seguimiento de las medidas incluidas en el
informe de impacto ambiental.
2. E
 n base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros aspectos
relacionados con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.
— Condiciones complementarias.
1. D
 eberán cumplirse todas las medidas preventivas y correctoras descritas en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del presente
informe.
2. P
 ara las actuaciones en zona de policía, para las captaciones de agua y/o para el vertido
de aguas residuales deberá contar con la correspondiente autorización administrativa
de la Confederación Hidrográfica correspondiente conforme a las disposiciones vigentes.
3. S
 e controlará la distancia a otras explotaciones y cauces existentes en la zona, asegurándose de que los cauces estacionales y otros tributarios de mayor entidad como el Río
Guadajira y el Embalse de Jaime Ozores no corren el más mínimo riesgo de contaminación por las medidas tomadas en la instalación de las infraestructuras y su sistema de
explotación.
4. P
 ara el cerramiento, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
5. E
 n el caso de detectar la presencia de alguna especie de fauna o flora silvestre incluida
en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001,
de 6 de marzo) en la zona de actuación, se deberá comunicar tal circunstancia de forma inmediata a la Dirección General de Sostenibilidad, con el fin de tomar las medidas
necesarias que minimicen los efectos negativos que pudiera tener la actividad sobre los
ejemplares de fauna o flora protegida afectados.
6. S
 e informará del contenido de esta autorización a los operarios que realicen las actividades, así mismo, se dispondrá de una copia del presente informe.